BOLETIN OFICIAL Nº 45 – 15/04/2026
Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, en el Expte. C- 228949/2023 caratulado: “PREPARA VÍA EJECUTIVA: CASTILLO SACIFIA c/ YAPURA, SABRINA ARACELI”, hace saber que en autos se dictaron los siguientes proveídos: “San Salvador de Jujuy, 10 de octubre del 2023.- 1.- El informe actuarial del 9/8/2023, téngase presente.- 2.- Proveyendo el escrito Nº 813793, agréguese y téngase presente el pago de los aportes de Ley y Tasa de Justicia que adjunta el Dr. Aguiar, Carlos Abel Damian.- 3.- Proveyendo el escrito No816141, téngase presente el pagare original para ser reservado en caja fuerte de este Juzgado y Secretaría.- 4.- Atento a lo solicitado, imprimase y dese al presente trámite de Preparación de Vía ejecutiva y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 473 inc.1o, 475 y corr. del CPC, ordénese citar a la SRA. YAPURA, SABRINA ARACELI – DNI N°30.541.733 con domicilio real en calle SIMON BOLIVAR Nº 1766, MZA 28, CASA 9, PISO PB, DPTO. B, B° SAN PEDRITO, DE ESTA CIUDAD, PROVINCIA DE JUJUY para que concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No 4, Secretaría No 7, dentro del plazo de cinco (5) días, a partir de su notificación, a fin de que en audiencia reconozca o no el contenido y firma del instrumento que se exhibirá en ese acto, bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido en caso de ausencia injustificada.- 5.- Notifíquese (art. 155 del CPC).-” Firmado por Dr. Cabana, Ricardo Sebastian – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial – Vago, Jorge Ezequiel – Secretario de Primera Instancia y “San Salvador de Jujuy, 9 de marzo del 2026. 1. Proveyendo el escrito Nº 2138768 y atento a las constancias de autos, habiéndose agotado la vía correspondiente, procédase conforme a lo dispuesto por los arts. 178 y 179 del Código Procesal Civil y Comercial. En consecuencia, notifíquese la sentencia de fecha 26/06/2024 mediante edictos (art. 179 CPCyC), los que deberán publicarse por un (1) día en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndose saber a la accionada: SRA. SABRINA ARACELI YAPURA – D.N.I. N° 30.541.733, que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial como su representante, con quien se continuará el trámite del proceso. Las diligencias quedan a cargo del letrado interviniente (art. 85 C.P.C. y C.). 2. Notifíquese (art. 169 CPCyC).” Fdo. Dr. Cabana, Ricardo Sebastian – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial – ante mi: Dr. Soaje, Camilo José – Secretario de Primera Instancia. Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por un (1) día.- San Salvador de Jujuy, 17 de marzo del 2026.-
15 ABR. LIQ. Nº 43440 $1.900,00.-








