BOLETIN OFICIAL Nº 45 – 15/04/2026

El Dr. Diego Armando Puca juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 2 – Secretaría 3, en el expediente C-238328/2023, caratulado: “EXCLUSIÓN DE VOCACIÓN HEREDITARIA: MANCINI LLANOS, LUISA ANALIA c/ MOYANO, MARIA INES”, notifica a MARIA INES MOYANO, DNI 17.865.402, de la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 08 de marzo de 2024.- 1.- Proveyendo al Escrito N° 990061, téngase por presentado al Dr. Gustavo Javier Jaramillo, en nombre y representación de la Sra. MANCINI LLANOS, LUISA ANALIA, DNI 27.866.879,, por parte y por constituido domicilio legal, conforme a la documentación instrumental que en archivo pdf acompaña a su presentación. 2.- Admítase la presente demanda por EXCLUSIÓN HEREDITARIA, la cual se tramitará como Juicio ordinario escrito en los términos del art. 370 y demás concordantes del CPC. 3.- De la demanda, córrase traslado a la accionada MARIA INES MOYANO, DNI 17.865.402, por el término de quince días, con las copias respectivas del traslado de demanda, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del CPC. 4.- Téngase presente la prueba presentada y la ofrecida por la parte actora. 5.- Intimase a la accionada a constituir domicilio legal en el radio de 3 km de asiento del tribunal bajo apercibimiento de notificar las eventuales providencia por ministerio de Ley. 6.- Impóngase al letrado la confección de las diligencias respectivas para su posterior control y firma a título de colaboración (art. 50 y 72 del CPC). 7.- Téngase presente el pago de aportes de ley y tasa de justicia que en archivo pdf acompaña al Escrito Nro: 1080746. 8.- Notifíquese art. 155 del CPC). Firmado por Puca, Diego Armando – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Firmado por Ruiz, Enzo Gerardo – Firma habilitada y del siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 01 de abril de 2026. 1- Proveyendo el Escrito Nro: 2198556 del Dr. Jaramillo, publíquese edictos en un diario local de amplia circulación y en el Boletín Oficial (de la Provincia de Jujuy y de la Provincia de Salta) por un día, a fin de notificar a la Sra. MARIA INES MOYANO, DNI 17.865.402, el presente decreto y la providencia de fecha 08/03/2024. Se hace saber a la accionada, que las resoluciones se tendrán por notificada a los cinco (5) días contados desde la última publicación (art. 179 CPC). 2.-…. 3.- Hágase saber que vencido el plazo mencionado en el punto anterior y ante la eventual incomparecencia de la parte citada, se nombrará al Defensor Público Oficial para que lo represente en el juicio y, en el mismo acto, se le correrá traslado para que conteste la demanda, oponga excepciones o el acto procesal que correspondiere. Asimismo, se señala que todas las notificaciones, incluída las de la sentencia definitiva, serán cursadas al Defensor Público Oficial.4.- Notifíquese (Art. 169 del CPCC).- Se faculta para su diligenciamiento al Dr. Gustavo Jaramillo y/o la persona que este designe. Secretaria Nro. 3, San Salvador de Jujuy, 07 de Abril del 2026.-

15 ABR. LIQ. Nº 43494 $1.900,00.-