BOLETIN OFICIAL Nº 44 – 13/04/2026
Dr. Gustavo Salvador Ortiz.-Juez del Juzgado de Ejecución de la Pena de la Provincia de Jujuy, en la causa “Expediente P-274546/EJ 36282307/2024 – Audiencia Nº 35683, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 141 del C.P.P., procede por el presente notificar a RODRIGO JUAN PABLO MÉNDEZ DNI Nº 36.282.307 – Domicilio : PASAJE 1 Nº 1223 Bº SAN FRANCISCO DE ALAVA DE SAN SALVADOR DE JUJUY, que deberá comparecer ante las Oficinas de Control y Probation del MPA; que en la causa de referencia, ha recaído el siguiente Resolutivo que dice así: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los siete días del mes de abril del año 2026, siendo las 08:37 horas, se constituyó de manera remota el del Sr. Juez Penal, Dr. SALVADOR GUSTAVO, ORTIZ. Se encuentran presentes: Ministerio Público de la Acusación: Dr. SEBASTIÁN RUIZ (Fiscalía de Ejecución Penal); Dr. GUSTAVO CÓRDOBA (representante de la Oficina de Control de coerción, probation y ejecución penal del MPA). Defensa Técnica: Dr. RAÚL ILDEFONSO DELGADO. Asistencia Administrativa: Ramiro Javier Abraham (Firma Habilitada). La convocatoria para la realización de esta audiencia fue efectuada por la Oficina de Gestión Judicial para el día de la fecha, a los fines de resolver el pedido de “REVOCATORIA LIBERTAD CONDICIONAL U OTROS BENEFICIOS (Art. 499)”. A los 00.00.03 minutos, abierto el acto por Su Señoría, da inicio a la audiencia. Por Oficina de Gestión se informa de la inasistencia del penado Méndez, mediante aplicación del Art. 181, comunicación recibida por la UR1. Fundamenta. a los 00.01:13 minutos, S.S. cede la palabra al Dr. Ruiz, quien toma la palabra y manifiesta que el penado, en razón de haber incumplido en reiteradas ocasiones a distintas audiencias se solicita se notifique al Sr. Méndez, mediante la publicación de edictos. Fundamenta. a los 00.03:46 minutos, S.S. corre traslado a la defensa, quien no presenta objeción al pedido realizado por la fiscalía. a los 00.04:00 minutos, el Dr. Córdoba representante de la Oficina de Control y Probation del MPA, no presenta objeción a lo solicitado por el Dr. Ruiz. A las 08:41 hs., S.S. dispone un cuarto intermedio, reanudando a 08:44 hs. en virtud de todo lo expuesto y luego de haber escuchado la postulación de las partes y manifestar su considerando, S.S. al minuto 00.04:58, RESUELVE: 1-Hacer lugar a la solicitud efectuada por el Agente Fiscal Dr. Sebastián Ruiz y notificar mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por tres veces en el término de cinco días, al condenado RODRIGO JUAN PABLO MÉNDEZ DNI Nº 36.282.307, que deberá comparecer ante las Oficinas de Control y Probation del MPA, o bien ante el Juzgado de Ejecución de la Pena en un plazo de diez (10) días, contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Todo ello de conformidad al art. 186 del C.P.P. 2- Oficiar, hacer saber. Habiéndose realizado la presente Audiencia en por vía remota a través de video conferencia por medios informáticos en la plataforma de la Oficina de Gestión Judicial (art. 153, 2º párrafo) se deja constancia de la autenticidad del registro respectivo, y que se permitió la comunicación bidireccional y simultánea de imagen y sonido e interacción visual, auditiva y verbal entre los intervinientes, asegurándose la posibilidad de contradicción y el derecho de defensa con respecto a la declaración registrada; no siendo para más, se da por finalizado el acto a horas 08:46. Fdo. Dr. Ortiz, Salvador Gustavo – Juez – Firmado por Abraham, Ramiro Javier – Firma habilitada. Secretaria del Juzgado de Ejecución de la Pena, 07 de Abril de 2.026.-
13/15/17 ABR. S/C.-








