BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 30/03/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 6523-P.-

EXPTE. Nº 661-124/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DIC. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Modifíquese la Planta de Personal Permanente de la U. de O. 3-B Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, dependiente de la Jurisdicción “P” Ministerio de Producción como se detalla a continuación: CREASE: PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL-LEY Nº 4413- CARGO: 1-CATEGORIA: A-1.

ARTICULO 2º.-Desígnase en el cargo Categoría A-1 Personal de Escalafón Profesional Ley Nº 4413, Agrupamiento Profesional, de la Planta de Personal Permanente de la U. de O. 3-B Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, Jurisdicción “P” Ministerio de Producción Med. Vet. MAXIMILIANO OSCAR CARABAJAL, CUIL Nº 20-26232994-2, a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 3º.-Lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal 1-1-1-1-0 PLANTA PERMANENTE, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la Partida 1-1-1-2-1-21 Regularización Personal Ley Nº 5749, dentro de la Unidad de Organización P-3-B Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, Jurisdicción “P” Ministerio de Producción donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.

ARTICULO 4º.-Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y según lo previsto en la Ley Nº 5749, queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el agente Med. Vet. MAXIMILIANO OSCAR CARABAJAL.

ARTICULO 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Producción y de Hacienda.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR