BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 25/04/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE    N°   16 -0- 19058 -00- 2004. –

DECRETO  ACUERDO    N°     0358.04.009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 Diciembre 2004.-

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.-  Por las  razones descriptas precedentemente a partir del día 15 de Diciembre del año 2003, dejase sin efecto la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Acuerdo N° 1086.01.009.

 

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior y a partir de la fecha indicada, implementase un nuevo procedimiento de provisión y control de vales de combustible, el  cual estará a cargo de la Dirección General de Compras y Suministros de acuerdo al  Presupuesto vigente y conforme a la siguiente modalidad:

 

1.-)                 Los vales serán entregados únicamente por la Dirección General de Compras y Suministros.

2.-)                 Una vez utilizados y a los efectos de la tramitación del pago serán recepcionados, ordenados y         supervisados por la Dirección General de Compras y Suministros.

3.-)                 Requisitos de los vales:

a.-                   Repartición o Unidad de Organización.

b.-                   Numeración preimpresa, correlativa y progresiva.

c.-                   Tipo y cantidad de combustible.

d.-                   Firma y Sello aclaratorio del responsable de consumo del combustible.

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

25 ABRIL S/C.