BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 25/04/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 -0- 19058 -00- 2004. –
DECRETO ACUERDO N° 0358.04.009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 Diciembre 2004.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Por las razones descriptas precedentemente a partir del día 15 de Diciembre del año 2003, dejase sin efecto la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Acuerdo N° 1086.01.009.
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior y a partir de la fecha indicada, implementase un nuevo procedimiento de provisión y control de vales de combustible, el cual estará a cargo de la Dirección General de Compras y Suministros de acuerdo al Presupuesto vigente y conforme a la siguiente modalidad:
1.-) Los vales serán entregados únicamente por la Dirección General de Compras y Suministros.
2.-) Una vez utilizados y a los efectos de la tramitación del pago serán recepcionados, ordenados y supervisados por la Dirección General de Compras y Suministros.
3.-) Requisitos de los vales:
a.- Repartición o Unidad de Organización.
b.- Numeración preimpresa, correlativa y progresiva.
c.- Tipo y cantidad de combustible.
d.- Firma y Sello aclaratorio del responsable de consumo del combustible.
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
25 ABRIL S/C.







