BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 25/04/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°       19007  – 00 –  2.004.-

DECRETO   N°            0051.05.007           .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 ENE.2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.-  Promúlgase la Ordenanza N° 4106/2.004, sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzadas, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor HECTOR TOMAS ZEBALLOS, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 3, Manzana 221, Padrón A-85471, Sección 12, Circunscripción 1, ubicado en el Pasaje 18 N° 274 del Barrio Coronel Arias de esta Ciudad; correspondiente a los períodos 1.996, 1.997, 1.998, 1.999, 2.000, 2.001 y 2.002.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

25 ABRIL S/C.