BOLETIN OFICIAL Nº 36 – 25/03/2026

DECRETO Nº 4680-S/2025.-

EXPTE. Nº 723-380/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 dic. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocido a favor del Dr. Roberto David Maizel, CUIL N° 20-13066591-9, cargo categoría E (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias, el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 60% sobre la categoría de ingreso, por el periodo comprendido desde el 01 de mayo de 2004 al 09 de enero de 2008, y desde el 01 de enero de 2016 hasta el 21 de abril de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Téngase por reconocido a favor del Dr. Roberto David Maizel, CUIL N° 20-13066591-9, cargo categoría E (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias, el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 22 de abril de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria Deuda Pública Provincial “3-10-15-1-26-0: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Roberto David Maizel, CUIL N° 20-13066591-9, correspondiente al 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 28 de marzo de 2021, por encontrarse prescripto los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

EJERCICIO 2025:

Con las respectivas partidas de Gastos en Personal asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR