BOLETIN OFICIAL Nº 35 – 23/03/2026

DECRETO Nº 824-HF/2024.-

EXPTE. Nº 500-307/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAY. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otórgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos-Acuerdos N° 4371-H-09, N° 4373-H-09, N° 4374-H-09, N° 4375-H-09, Nº 3435-H-13, N° 7464-HF-2018, N° 6567-HF-2022 y N° 8150-HF-2023 y sus respectivos modificatorios, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los Adicionales reconocidos en los mencionados actos administrativos, con el alcance expresado en el exordio que integra el presente.-

Dicho Suplemento se liquidará junto con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del año 2024, a favor del personal que tuviere derecho a percibir el mismo, y en la proporción que por tal concepto le corresponda.

ARTICULO 2º.- Las disposiciones reglamentarias o interpretativas que demande el cumplimiento del presente ordenamiento, serán dictadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-

ARTICULO 3º.- La erogación emergente del presente, se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, autorizándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su implementación.-

ARTICULO 4º.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente decreto.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR