BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 18/03/2026

El Dr/a. Esteban Arias Cau- Juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial- Sala I – Vocalía 3, en el expediente C-240814/2023, caratulado: “Ejecución de Sentencia: ALVAREZ, GUSTAVO DANIEL y CAPPIELLO, SERGIO FERNANDO c/ RAMOS, PATRICIA MABEL y MARQUEZ, DAVID ORLANDO”, notifica a DAVID ORLANDO MARQUE, DNI N 25.351.875, con domicilio real en calle Tucumán N° 147 del Barrio Floresta, Localidad de Pichanal de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 12 de febrero de 2026. Autos y Vistos: Los del presente Expte. N° C-240.814/23, caratulado: “Ejecución de Sentencia: ALVAREZ, GUSTAVO DANIEL. CAPPIELLO, SERGIO FERNANDO c/ RAMOS PATRCIA MABEL. MARQUEZ, DAVID ORLANDO”.- CONSIDERANDO:…- Por todo ello, el Vocal No 3 de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE:1º) Desestimar la excepción opuesta, conforme a los considerandos. 2º) Mandar a llevar adelante la presente ejecución en contra de los Sres. Patricia Mabel RAMOS y David Orlando MARQUEZ, hasta hacerse el Sr. Gustavo Daniel ALVAREZ el integro pago de la suma de $1.440.000 en concepto de capital y el Dr. Sergio Fernando CAPPIELLO la suma de $345.600 en concepto de honorarios profesionales, con más IVA si correspondiere. Dichos importes (capital y honorarios) devengarán el interés dispuesto en el expediente principal desde la mora (17/10/2023) hasta el efectivo pago. 3º) Las costas deben ser soportadas por la parte ejecutada (Art. 128 del CPCyC). 4º) Regular los honorarios profesionales al Dr. Sergio Fernando CAPPIELLO (9%) en la suma de $394.926,59, al Dr. Ezequiel Eduardo Martínez y a la Dra. Fabiana del Valle D’ CARLO en la suma de $138.224,30 a cada uno de ellos. En caso de mora, las sumas conllevaran los intereses de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina conforme al fallo “Zamudio c/ Achi” (LA Nº 54 Fº 673/678 Nº 235 del 11/5/11), desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago. Con más IVA, si correspondiere, 5o) Registrar, notificar por cédula y por edicto respecto al co-demandado MARQUEZ, dar intervención a la CAPSAP y Dirección Provincial de Rentas, etc.- Fdo. Dr. Esteban J. Arias Cau-Juez-Ante mi. Dra. N. Yamila Cazón-Secretaria”.-

18 MAR. LIQ. Nº 43190 $1.900,00.-