BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 18/03/2026

DECRETO Nº 1902-HF/2024.-

EXPTE. Nº 500-364/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Fijense, a partir del 1º de octubre de 2024, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:

  • Asignación Familiar por Hijo: pesos veinte mil ciento noventa y dos ($20.192).
  • Asignación Familiar por Hijo Discapacitado: pesos ochenta mil setecientos sesenta y ocho ($ 80.768).
  • Escolaridad Por Hijo: pesos un mil trescientos veintiséis ($1.326).
  • Escolaridad Por Hijo Discapacitado: pesos dos mil seiscientos cincuenta y dos ($ 2.652).

ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que -en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-

ARTICULO 4º.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR