BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 18/03/2026
DECRETO Nº 1902-HF/2024.-
EXPTE. Nº 500-364/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fijense, a partir del 1º de octubre de 2024, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:
- Asignación Familiar por Hijo: pesos veinte mil ciento noventa y dos ($20.192).
- Asignación Familiar por Hijo Discapacitado: pesos ochenta mil setecientos sesenta y ocho ($ 80.768).
- Escolaridad Por Hijo: pesos un mil trescientos veintiséis ($1.326).
- Escolaridad Por Hijo Discapacitado: pesos dos mil seiscientos cincuenta y dos ($ 2.652).
ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que -en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-
ARTICULO 4º.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








