BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 13/03/2026
DECRETO Nº 4679-S/2025.-
EXPTE. Nº 780-59/2023.-
AGREG. Nº 714-558/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-2 Hospital Pablo Soria
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
24 horas semanales 1
Ley N° 5498
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
E(j-1) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 2
CREASE
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
A 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 2
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada en carácter interino a la Dra. Luciana Belén Claros, CUIL N° 23-35307545-4, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de Médica en la U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir del 15 de febrero de 2.024 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- Téngase por designada en carácter interino a la Dra. Jimena Carla Nadir Velázquez, CUIL N° 27-35911544-5, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de Médica en la U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir del 16 de noviembre de 2023 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIOS 2023-Ley N° 6325, 2024-Ley N° 6371:
Las partidas de Gastos en Personal, en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud-Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.-
EJERCICIO 2025-Ley N° 6440:
Las partidas de Gastos en Personal, en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud-Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.-
En caso de que en Ejercicios Anteriores no haya sido liquidado y abonado lo gestionado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









