BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 13/03/2026
DECRETO Nº 4651-S/2025.-
EXPTE. Nº 780-295/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada interinamente a la Dra. Marcela Noemí Vásquez CUIL 27-25780311-8, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones medica especialista en Nefrología Pediátrica en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 01 de julio de 2021 y hasta el llamado a concurso correspondiente.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación del presente tramite, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
En el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2021 Ley N° 6213, Ejercicio 2022 Ley N° 6256, Ejercicio 2023 Ley N° 6325 y Ejercicio 2024 Ley N° 6371, se encontraban previstas las partidas de Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025 Ley N° 6440, prevé las partidas de Gastos en Personal, en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.
En caso de que en los Ejercicios Anteriores no haya sido liquidado y abonado lo tramitado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









