BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 13/03/2026

DECRETO Nº 4651-S/2025.-

EXPTE. Nº 780-295/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos conforme se indica a continuación:

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”

SUPRIMASE

Categoría N° de Cargos

E 1

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N° 4418

Total 1

CREASE

Categoría N° de Cargos

A (j-2) 1

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N° 4418

Total 1

ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada interinamente a la Dra. Marcela Noemí Vásquez CUIL 27-25780311-8, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones medica especialista en Nefrología Pediátrica en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 01 de julio de 2021 y hasta el llamado a concurso correspondiente.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación del presente tramite, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:

En el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2021 Ley N° 6213, Ejercicio 2022 Ley N° 6256, Ejercicio 2023 Ley N° 6325 y Ejercicio 2024 Ley N° 6371, se encontraban previstas las partidas de Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.

El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025 Ley N° 6440, prevé las partidas de Gastos en Personal, en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.

En caso de que en los Ejercicios Anteriores no haya sido liquidado y abonado lo tramitado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos vigente:

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR