BOLETIN OFICIAL Nº 29 – 09/03/2026

DECRETO Nº 4642-S/2025.-

EXPTE. Nº 773-872/2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto el Decreto N° 669-S-2020, del 9 de marzo de 2020, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Ministerio de Salud a liquidar y abonar a favor de la Lic. Romina Agostini, DNI N° 31.065.956, los intereses moratorios correspondientes por el pago fuera de término de los haberes del reemplazo realizado, por el periodo comprendido desde el 26 al 30 de noviembre de 2013, aplicándose la tasa de interés establecida en la L.A. 54 N° 235 y determinada la misma, se deberá deducir el pago parcial realizado por el Estado Provincial el 14 de agosto de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025, Ley N° 6440, que a continuación se indica:

 

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Jurisdicción “L” Deuda Pública.-

 

ARTÍCULO 4°.- Lo dispuesto en el presente decreto es al solo efecto de dar cumplimiento con la sentencia judicial dispuesta por el Tribunal Contencioso Administrativo-Sala II-Vocalía 3, en el Expte. N° C-176.479/21, caratulado: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: Agostini, Romina c/Estado Provincial”.-

ARTÍCULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR