BOLETIN OFICIAL Nº 28 – 06/03/2026

MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO.-

DECRETO N° 082/2026.-

CIUDAD PERICO, 03 MAR. 2026.-

Ref.: ACTO INAUGURAL DE APERTURA DEL PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS 2026 Y EL INFORME ANUAL SOBRE EL ESTADO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

VISTO:

La obligación constitucional y orgánica del Departamento Ejecutivo de informar sobre el ESTADO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN AL INICIO DEL PERÍODO LEGISLATIVO, y los recientes conflictos institucionales que afectan el normal funcionamiento del Concejo Deliberante que son de público conocimiento y;

CONSIDERANDO:

Que, según el Art. 67º, inc. 4 de la Carta Orgánica Municipal, es una atribución y un deber del Intendente inaugurar todos los años el período ordinario de sesiones, brindando un informe sobre la gestión de la administración pública.

Que la Carta Orgánica Municipal es la norma suprema del ordenamiento jurídico local, establecida por los representantes del pueblo para organizar los poderes públicos y garantizar la autonomía municipal.

En concordancia con lo anterior, las disposiciones de la carta orgánica municipal poseen una jerarquía superior a cualquier otra Normativa local, como lo es el reglamento interno del Concejo Deliberante, el cual tiene como fin exclusivo regular el funcionamiento de sus miembros y los modos de expresión de este (Ordenanzas, Resoluciones, Comunicaciones, etc) y no puede limitar las potestades conferidas al Ejecutivo por la ley fundamental del municipio. Ello implicaría una afrenta directa del principio republicano de gobierno.

Que la situación de parálisis e irregularidades institucionales que atraviesa el Concejo Deliberante y se ve evidenciada en impugnaciones por nulidad absoluta de reuniones en minoría y falta de quórum en sesiones preparatorias, exige una medida excepcional para asegurar que el mensaje del Ejecutivo llegue a la comunidad en su conjunto.

Que el Art. 40º, apartado 2 de la Carta Orgánica faculta a que las sesiones se celebren en un lugar distinto al recinto habitual cuando un motivo grave así lo exija. Ante el actual escenario de inestabilidad, resulta imperativo convocar a la sesión inaugural en un espacio público que garantice la transparencia y la participación ciudadana.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que el acto inaugural de Apertura del Periodo de Sesiones Ordinarias 2026 y el informe anual sobre el estado general de la administración municipal del Sr. Intendente Municipal, se llevarán a cabo el día viernes 06 de marzo de 2026 a las 10 horas, en el Salón “COPACABANA” ubicado en calle 23 de Agosto esquina Yrigoyen de nuestra Ciudad.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese. Dese amplia difusión. Cumplido, archívese.

 

Rolando Pascual Ficoseco

Intendente