BOLETIN OFICIAL Nº 28 – 06/03/2026
DECRETO Nº 1734-HF/2024.-
EXPTE. Nº 500-347/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Fijense, a partir del 1º de septiembre de 2024, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:
- Asignación Familiar por Hijo: pesos diecinueve mil setecientos noventa y seis ($19.796).
- Asignación Familiar por Hijo Discapacitado: pesos setenta y nueve mil ciento ochenta y cuatro ($ 79.184).
- Escolaridad Por Hijo: pesos un mil trescientos ($1.300).
- Escolaridad Por Hijo Discapacitado: dos mil seiscientos ($ 2.600).
ARTÍCULO 2°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputara a la Partida de Gastos en Personal Prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que -en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-
ARTICULO 4°.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









