BOLETIN Nº 27

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DECLARACIÓN JURADA. En la Ciudad de Perico, provincia de Jujuy, a los 25 días del mes de Agosto del año 2025, el Sr. EDGARDO JESÚS YÁÑEZ, argentino, mayor de edad, titular del Documento Nacional de Identidad N.º 14.497.036, con domicilio real en Ruta 42 km 33, Finca Yáñez, San Vicente, Monterrico, Departamento El Carmen, provincia de Jujuy, en carácter de socio único fundador de la sociedad por acciones simplificada denominada “PRODUGAS S.A.S.”, con domicilio legal en Av. La Bandera N.º 200, Barrio Progreso, Ciudad de Perico, Jujuy, en trámite de inscripción ante el Registro Público correspondiente, manifiesta y declara bajo juramento: CLAUSULADO PRIMERO: Que cumple con los requisitos legales establecidos por la Ley N.º 27.349 y su decreto reglamentario para ser titular de una S.A.S., no encontrándose alcanzado por incompatibilidades ni restricciones legales para ejercer la administración, representación ni participación societaria conforme a la legislación vigente. Así mismo, no me encuentro encuadrado como persona políticamente expuesta en los términos de la Resolución UIF 134/18 y modif. 11/11. SEGUNDO: Que la sede social de la firma “PRODUGAS S.A.S.”, se encuentra ubicada en Avenida La Bandera N° 200 del Barrio Progreso de la Ciudad de Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, en la cual funciona efectivamente el centro de la dirección y administración de las actividades de la entidad. A los fines sociales se denuncia como correo electrónico: produgas@hotmail.com TERCERO: Que no se encuentra alcanzado por ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 264 de la Ley General de Sociedades N.º 19.550 (texto ordenado), ni se halla inhabilitado penal, civil ni comercialmente para ejercer funciones como administrador o representante legal de sociedades. CUARTO: Que los fondos aportados para la integración del capital social inicial de la sociedad referida provienen de actividades lícitas, y que no constituyen bienes provenientes de lavado de activos ni financiamiento del terrorismo, cumpliendo así con la Ley N.º 25.246 y sus modificatorias. QUINTO: Que acepta y reconoce la totalidad de las cláusulas del contrato constitutivo de PRODUGAS S.A.S., el cual suscribe en carácter de socio único, y declara haber constituido válidamente la sociedad conforme a derecho. En prueba de conformidad, se firman CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad y fecha indicadas, para su presentación ante el Registro Público correspondiente.- ACT. NOT. Nº B 00957100- ESC. MARIA PAULA NAVARRO CASASCO- TIT. REG. Nº 90- PERICO-JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-

RESOLUCION Nº 101-DPSC-2026.- 

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-436/2025.-

San Salvador de Jujuy, 05 de Febrero de 2026.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el Sr. Edgardo Jesús Yáñez, Socio Fundador de la firma “PRODUGAS S.A.S” solicita INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE PRODUGAS S.A.S” y,

CONSIDERANDO:

Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Instrumento Constitutivo de la Sociedad denominada PRODUGAS S.A.S de fecha 25 de Agosto del año 2025 obrante a fs.04/09 firmada por el Sr. Edgardo Jesús Yáñez D.N.I. 14.497.036, Declaración Jurada obrante a fs. 10/12, Acta Volante N° 1 de fecha 25 de Agosto de 2025 obrante a fs. 13/17 y Acta Volante n°2 Designación de Administrador Suplente y Declaración Jurada de Beneficiario Final de fecha 16 de Enero de 2026 obrante a fs. 47/49, todos los documentos con firmas certificadas por la Escribana Pública María Paula Navarro Casasco Titular del Registro Notarial N° 90 de la Ciudad de Perico.-

ARTICULO N° 2: REQUERIR, que juntamente con la presentación del respectivo ejemplar del Boletín Oficial con Edicto publicado, acredite fehacientemente la integración del 25% del capital social, en la CUENTA CORRIENTE BANCARIA Nº 320009420484676, CBU 2850200930094204846761 y alias BOTIN.COREA.MANIJA, abierta en Banco Macro S.A., radicada en la sucursal 200- Jujuy, cuya denominación es FISCALIA DE ESTADO y titularidad a nombre de: FISCALIA DE ESTADO, CUIT 30-67151334-3.-

 

ARTICULO N° 3: REQUERIR que acompañe Constancia Bancaria, con número de cuenta, CBU, tipo de cuenta y Constancia de Inscripción en ARCA, perteneciente a la sociedad o socia/o, a los efectos de la correspondiente devolución de capital integrado. –

ARTICULO 4°: DILIGENCIAS a cargo del Sr. Edgardo Jesús Yáñez.-

ARTICULO 5°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

04 MAR. LIQ. Nº 42948 $2.800,00.-