BOLETIN Nº 26
ACTA DE REUNION DE SOCIOS N° 14/2025.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los veintinueve. días del mes de diciembre del año 2025, se reúnen los socios de LEON RUIZ SRL, el Sr. JUAN MARTIN LEON RUIZ, argentino, DNI N° 28.103.064, CUIL/CUIT N° 20 – 28103064 – 8, y MARIA VALERIA LUCIANA MARTINEZ JEREZ, argentina, DNI Nº 29.942.582, CUIL Nº 27 – 29942582 – 2, ambos con domicilio real, legal y fiscal en calle Lolita Medrano Rosso Nº 49 del B° Villa Jardín de Reyes, reunidos en la sede del domicilio social, a fin de tratar los siguientes temas: I) Exposición: 1. Que dadas las observaciones realizadas por el Dr. Luis Raúl Pantoja, Director de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público de esta provincia en el Expte. N° 301 – 182 – 2025 I/ caratulado: “JUAN MARTIN LEON RUIZ SOLICITA INSCRIPCION MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LEON RUIZ SRL”, por cuanto lo redactado en el Acta N° 12/2024 no coincide con la redacción que rola a fs. 02/05 de la Copia Certificada de Modificación por Ampliación del Objeto Social y cambio de Sede Social que fuera suscripto por instrumento privado de fecha 23 de diciembre de 2024 en el que se enuncia el objeto social de manera genérica, el que mediante Cédula de Notificación de fecha 22/05/2025 se solicito que se adecúe el objeto social especificado en la cláusula tercera del Contrato Constitutivo de conformidad a lo expuesto en el Dictamen de la Dra. María Celeste Arnaud. Que, en el acta N° 12/2024 de fecha 28 de agosto de 2024, se han redactado los puntos que nosotros como socios integrantes de la sociedad proyectábamos ampliar y modificar, dado el giro comercial actual de la sociedad, y que la mencionada Acta N° 12/2024 pasada al folio 14 no ha sido respetada luego de la labor de asesoramiento profesional de la Escribana interviniente. 2. Que, luego de ser presentadas las modificaciones mediante el Acta N° 13/2025, el Dr. Luis Raúl Pantoja, Director de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Publico volvió a efectuar nuevas observaciones, en las cuales se sostiene que nuevamente los socios omitimos cumplir con las observaciones formuladas, por lo que se volvió a solicitar que se adecue el objeto social especificado en la cláusula tercera del contrato constitutivo conforme lo dispuesto a fs. 12 del expediente, de modo de determinar la capacidad y los limites a la actividad de la sociedad y de sus administradores. 3. Asimismo, los socios advertimos que también deben rectificarse otras omisiones y errores, puesto que no se ha modificado el domicilio de la sociedad en el texto propuesto y observado, y además debe dejarse expresado en el estatuto, que la cláusula del objeto de la sociedad es la segunda y no la tercera. Que, reunidos los socios en este acto, por medio de este instrumento, venimos a dejar constancia suscribiendo la presente Adenda y Rectificación del texto presentado en el Expte. N° 301 – 182 – 2025 I/ caratulado: “JUAN MARTIN LEON RUIZ SOLICITA INSCRIPCION MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LEON RUIZ SRL” ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público. II) Rectificación y Enmienda: En consecuencia, y en cumplimiento de lo requerido, es que los socios venimos por este acto a enmendar y rectificar todas las cláusulas y facultades que surgen del instrumento presentado en el expediente de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público, por lo que se resuelve: a) modificar y corregir la cláusula primera de la Sede Social; y b) enmendar, modificar y corregir la cláusula segunda del Objeto Societario siguiendo los lineamientos brindados por el Dr. Luis Raúl Pantoja, Director de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Publico. Por lo que la cláusula primera del contrato social se regirá y quedara redactada de la siguiente manera: PRIMERA: DENOMINACIÓN Y SEDE SOCIAL: La sociedad se denominará “LEÓN RUÍZ SRL” y tendrá su domicilio legal en calle Lolita Medrano Rosso Nº 49 del B° Villa Jardín de Reyes de la ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción de la provincia de Jujuy, pudiendo establecer Agencias y/o Sucursales en cualquier lugar de la República Argentina y/o el extranjero. Por lo que la cláusula segunda del contrato social se regirá y quedara redactada de la siguiente manera: SEGUNDA: OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto la compra y venta de productos alimenticios para animales; venta de medicamentos veterinarios, vacunas para animales, implementos para campos y venta de forrajes. A los efectos de cumplir con el objeto, la sociedad podrá realizar las siguientes actividades: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes operaciones: COMERCIALES: La importación, exportación, compra y venta y/o alquiler de materiales que hagan a la especialidad de la comercialización de los productos relacionados con usos veterinarios, y sus profesiones afines en general, equipos de electromedicina, equipamiento médicos de uso veterinario, material descartable, medicina nuclear, tecnología, materias primas, marcas nacionales y extranjeras, patentes de invención y/o cualquier elemento, cosa o bien relacionado con su objeto social principal y actividad que desarrollan fines veterinarios.- La sociedad, podrá ostentar el ejercicio de representaciones médicas, mandato, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios de la salud, administración de bienes y servicios y empresas vinculadas a la salud de animales en general. IMPORTADORA Y EXPORTADORA: Podrá efectuar la importación y exportación de toda clase de bienes no prohibidos por las normas legales en vigencia, de productos, mercaderías, sean estos bienes tradicionales o no, en particular insumos médicos, materias primas, productos elaborados y terminados, equipamientos, maquinarias, repuestos, tecnología (Know How), celebrar cualquier contrato.- A su vez la sociedad podrá ejercer operaciones de consignaciones, gestión de negocios, comisiones y cobranzas en la operaciones relacionadas con el objeto principal de la sociedad y dar o tomar representaciones o agencias relativas al ramo y promover el desarrollo de actividades, lucrativas, interviniendo en operaciones, transacciones o combinaciones económicas o financieras tendientes al mejor desenvolvimiento social.- Capacidad jurídica: Además para las consecución de tal objeto la sociedad podrá comprar, vender, permutar, ceder, transferir, donar, hipotecar, y en general, adquirir, gravar o enajenar, por cualquier causa, razón, o título toda clase de bienes inmuebles y derechos reales sobre los mismos muebles, semovientes, títulos, créditos, derechos y acciones; formar parte de otras sociedades de cualquier naturaleza y fusionarse o participar en ellas, en calidad de socia, accionista u otra forma; formalizar prendas con registro, establecer agencias o representantes en cualquier punto del país o del extranjero; efectuar toda clase de operaciones con las entidades bancarias y/o financieras, y en general todo acto de comercio lícito relacionado con el objeto social principal, como así también efectuar todos los actos jurídicos a que dieron lugar la mejor obtención de los fines para los cuales se constituye la sociedad. La enunciación que antecede es simplemente explicativa y no implica limitación alguna de actividades. III) Conclusión de la reunión: NO SIENDO PARA MÁS, SE DA POR TERMINADA LA REUNIÓN, FIRMANDO AMBOS SOCIOS AL PIE DE LA PRESENTE ACTA. Se firma y suscribe de conformidad la presente acta, a los veintinueve días del mes de diciembre del año 2025. En prueba de conformidad, se firman cinco ejemplares del mismo tenor y a un mismo efecto par ser presentado ante las autoridades de la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Publico en el Expte. N° 301 – 182 – 2025 I/ caratulado: “JUAN MARTIN LEON RUIZ SOLICITA INSCRIPCION MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LEON RUIZ SRL” y las restantes autoridades que así lo requieran.- ESC. GUILLERMO FRANCISCO RICCI- TIT. REG. Nº 21- S.S. DE JUJUY, JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
RESOLUCION Nº 077-DPSC-2026.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 0301-182/2025.-
San Salvador de Jujuy, 3 de Febrero de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia en las que, el Socio Gerente JUAN MARTIN LEON RUIZ solicita la inscripción de modificación del Contrato Constitutivo de la Sociedad “LEON RUIZ S.R.L.”,
CONSIDERANDO:
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Acta de Reunión de Socios N° 14 de la Sociedad LEON RUIZ S.R.L. formalizada en fecha 29 de Diciembre de 2025 obrantes a fs. 48/54 certificada por el Escribano Publico Guillermo Francisco Ricci Titular del Registro Notarial N° 21 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 2°: Agrega copias en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
02 MAR. LIQ. Nº 42963 $3.400,00.-








