BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 02/05/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N°  12396 -2004 C/AGDO. N° 4062-2004 .-

DECRETO ACUERDO N°     0089.05.009                         .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Marzo de 2005.-

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Créase la Comisión Permanente de Patrimonio Histórico, la cual funcionará en carácter Ad- Honorem, conforme a las pautas establecidas en la Ordenanza N° 3305/2001 referida al “Código de Preservación Patrimonial”.

ARTICULO 2°.- A los efectos de la constitución de la Comisión Permanente de Patrimonio Histórico, a través de la Dirección de Despacho General, remítanse invitaciones a la Reunión a tener lugar el día 09 de Marzo  de 2005 a hs. 17,00 en el Salón de los Intendentes, a las siguientes Instituciones, Personalidades y Organismos Provinciales que a continuación se detallan:

 

–          Al Concejo Deliberante, un Representante por cada bloque.

–          A la Secretaría de Cultura y Turismo de la Provincia.

–          A la Dirección General de Arquitectura de la Provincia.

–          A la Universidad Nacional de Jujuy – Departamento de Historia y Antropología-

–          Al Colegio de Arquitectos de Jujuy.

–          Al Colegio de Ingenieros de Jujuy.

–          Al Consejo Profesional de Agrimensores y Geólogos.

–          Al Colegio de Ingenieros Agrónomos.

–          Al Colegio de Técnicos de Jujuy.

–          A la Fundación AVES.

–          Al Sr. Rodolfo Ceballos.

–          Al Sr. Vicente Cicarelli.

–          A Dn. Oscar D’Oliveira.

ARTICULO 3°.- De acuerdo a las pautas establecidas en la Ordenanza N° 3305/2001 dése participación a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a través de la Dirección de Estudios y Proyectos – Dpto. de Preservación-

ARTICULO 4°.- Teniendo en cuenta la materia que trata la Normativa referida, invítese a participar a las Secretarías de Planificación y Desarrollo, y de Gobierno, Acción Social y Cultura, la Primera Cartera a través de un representante por el Área Turismo y la Segunda a través de dos representantes por las Áreas: Cultura y Educación.

ARTICULO 5°.- Las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo citadas ut supra que tendrán intervención en la Comisión de referencia quedan notificadas a partir de la suscripción del presente Decreto Acuerdo.-

ARTICULO 6°.-Oportunamente invítese a los representes de cada Organismo Público o Privado y Personas a proponer un reemplazante en caso de ausencia permanente o transitoria del Titular, situación que deberá notificar a la Dirección de Despacho General a sus efectos.

ARTICULO 7°.-Teniendo la reunión de referencia el carácter de acto inaugural de la trascendente Comisión, dispóngase a través de la Dirección Notarial la suscripción del Acta correspondiente.-

ARTICULO 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a sus efectos a la Dirección de Despacho General, Dirección Notarial, Dirección de Relaciones Públicas y Ceremonial y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante y a la Dirección de Información Pública para su amplia difusión.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

2 MAYO S/C