BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 02/05/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 12396 -2004 C/AGDO. N° 4062-2004 .-
DECRETO ACUERDO N° 0089.05.009 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Marzo de 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Créase la Comisión Permanente de Patrimonio Histórico, la cual funcionará en carácter Ad- Honorem, conforme a las pautas establecidas en la Ordenanza N° 3305/2001 referida al “Código de Preservación Patrimonial”.
ARTICULO 2°.- A los efectos de la constitución de la Comisión Permanente de Patrimonio Histórico, a través de la Dirección de Despacho General, remítanse invitaciones a la Reunión a tener lugar el día 09 de Marzo de 2005 a hs. 17,00 en el Salón de los Intendentes, a las siguientes Instituciones, Personalidades y Organismos Provinciales que a continuación se detallan:
– Al Concejo Deliberante, un Representante por cada bloque.
– A la Secretaría de Cultura y Turismo de la Provincia.
– A la Dirección General de Arquitectura de la Provincia.
– A la Universidad Nacional de Jujuy – Departamento de Historia y Antropología-
– Al Colegio de Arquitectos de Jujuy.
– Al Colegio de Ingenieros de Jujuy.
– Al Consejo Profesional de Agrimensores y Geólogos.
– Al Colegio de Ingenieros Agrónomos.
– Al Colegio de Técnicos de Jujuy.
– A la Fundación AVES.
– Al Sr. Rodolfo Ceballos.
– Al Sr. Vicente Cicarelli.
– A Dn. Oscar D’Oliveira.
ARTICULO 3°.- De acuerdo a las pautas establecidas en la Ordenanza N° 3305/2001 dése participación a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a través de la Dirección de Estudios y Proyectos – Dpto. de Preservación-
ARTICULO 4°.- Teniendo en cuenta la materia que trata la Normativa referida, invítese a participar a las Secretarías de Planificación y Desarrollo, y de Gobierno, Acción Social y Cultura, la Primera Cartera a través de un representante por el Área Turismo y la Segunda a través de dos representantes por las Áreas: Cultura y Educación.
ARTICULO 5°.- Las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo citadas ut supra que tendrán intervención en la Comisión de referencia quedan notificadas a partir de la suscripción del presente Decreto Acuerdo.-
ARTICULO 6°.-Oportunamente invítese a los representes de cada Organismo Público o Privado y Personas a proponer un reemplazante en caso de ausencia permanente o transitoria del Titular, situación que deberá notificar a la Dirección de Despacho General a sus efectos.
ARTICULO 7°.-Teniendo la reunión de referencia el carácter de acto inaugural de la trascendente Comisión, dispóngase a través de la Dirección Notarial la suscripción del Acta correspondiente.-
ARTICULO 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y pase a sus efectos a la Dirección de Despacho General, Dirección Notarial, Dirección de Relaciones Públicas y Ceremonial y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante y a la Dirección de Información Pública para su amplia difusión.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
2 MAYO S/C








