BOLETIN Nº 23

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DECRETO Nº 5067-CyT/2026.-

EXPTE. Nº 1300-10/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2026.-

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

A CARGO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruébese en  todas sus partes el “Contrato de Promoción Turística y Responsabilidad Social – Deportiva” suscripto entre el Ministerio de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy y el Club Atlético Gimnasia y Esgrima de Jujuy, en fecha 5 de enero de 2026, de conformidad a los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, se atenderá con fondos de las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2026- Ley 6490/2025: Jurisdicción “X” Ministerio de Cultura y Turismo U. de. O. “X1” – Ministerio de Cultura y Turismo 4-5-181-0 Convenio de Promoción Turística, y 4-19-2-23 Promoción Turística- Convenio Inprojuy.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.-

 

Alberto Bernis

Vicegobernador de la Provincia

En ejercicio del Poder Ejecutivo