BOLETIN OFICIAL Nº 16 – 06/02/2026
DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE (LEY N° 25.246 y modif., RESOLUCIÓN UIF N° RESOL-2023-35-APN-UIF#MEC).- En cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF), el Sr./Sra. (1)…PEDRO JAVIER SEGURA MALINAR. (2) por la presente DECLARA BAJO JURAMENTO que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que SI/NO (1) se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la UIF que se encuentra al dorso de la presente y a la que ha dado lectura. En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo. Además asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. Documento: Tipo (3) DNI N° 32.796.861 Pais y Autoridad de Emisión: ARGENTINA Carácter invocado (4): TITULAR CUIT/CUIL/CDI (1) N°: 20-32796861-1 Lugar y fecha: SAN SALVADOR DE JUJUY, 16/01/26 Firma.- ACT. NOT. Nº B 00978725- ESC. MARIA EMILIA MACINA- ADS. REG. Nº 32- S. S. DE JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
RESOLUCION Nº 085-DPSC-2026.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-622/2025.-
San Salvador de Jujuy, 2 de febrero de 2026.-
VISTO:
El Expte. N 301-622-2025. INICIADO POR: DR. RAUL SEBASTIAN COLQUI, ASUNTO: SOLICITA INSCRIPCIÓN: DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD “LA PAULINA S. C.” y.
CONSIDERANDO:
Que, la sociedad “LA PAULINA SOCIEDAD COLECTIVA, CUIT N 30-70767227-3, tiene establecida sede social en Avenida Ricardo Balbin N° 2.310, Barrio Bajo La Viña, Ciudad de San Salvador de Jujuy, con domicilio especial constituido en calle Teodoro Sánchez de Bustamante N° 46, Planta Baja, ciudad de San Salvador de Jujuy. Provincia de Jujuy, correo electrónico javier.segura@launiondelnorte.com.ar, a los fines de recepción de todo tipo de comunicación y/o presentación inherente al proceso de disolución de la firma –
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales-Registro Público, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1º: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de: ACTA DE ASAMBLEA SOCIETARIA N 50, de fecha 04 de noviembre del año 2025, obrante a fs. 02/03, DECLARACIÓN JURADA de sede social de la sociedad, domicilio real y especial del liquidador designado, obrante a fs. 23/25, Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente, del Sr. PEDRO JAVIER SEGURA MALINAR, copia obrante a fs. 26/28
ARTICULO 2º: Diligencias a cargo del Dr. RAUL SEBASTIAN COLQUI o, persona debidamente autorizada. –
ARTICULO 3º: Agregar copia en autos, registrar, notificar a las partes y, archivar. –
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
06 FEB. LIQ. Nº 42754 $2.800,00.-









