BOLETIN OFICIAL Nº 16 – 06/02/2026
MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO ACUERDO Nº 0009.26.009.-
EXPEDIENTE Nº 16-777-2026-1.-
San Salvador de Jujuy, 14 de Enero de 2026.-
VISTO:
El Decreto Acuerdo N° 0055.24.009 de fecha 22 de Julio de 2024 mediante el cual se aprueba la actualización de los montos topes estimados para las Contrataciones Directas, Concurso de Precios, Licitaciones Privadas y Licitaciones Públicas, en el marco de lo estipulado en el Art. 21° del Reglamento para la adquisición, enajenación y contrataciones de bienes y servicios del Estado Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, los montos vigentes de los topes de contrataciones que rigen a la fecha teniendo en cuenta las expectativas inflacionarias y los niveles de precios registrados últimamente, quedan desactualizados;
Que, la Secretaría de Hacienda de esta Comuna estima conveniente proceder a una nueva modificación de los mismos a efectos de mantener un equilibrio financiero que posibilite realizar los distintos procedimientos de contrataciones con terceros, a fin de no ver entorpecido el normal accionar de esta Administración Municipal;
Que, ante esta circunstancia y teniendo presente la Ordenanza N° 3277/2001 de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, que faculta al Departamento Ejecutivo a fijar y actualizar los mencionados montos; por lo tanto y en virtud de las razones expuestas precedentemente resulta imperioso una nueva actualización de los valores topes vigentes;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- A partir del día 13 de Enero de 2026, actualízace los valores topes estimados para las contrataciones a regir en el ámbito de este Municipio, los cuales se encuentran descriptos en el Art. 21° del Reglamento para la adquisición, enajenación y contrataciones de bienes y servicios del Estado Municipal, en los montos que se detallan:
a) CONTRATACION DIRECTA:
1. Bienes de Consumo y/o Servicios No Personales hasta $ 50.000.000,00.-
2. Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas,
Bienes de Capital y/u Obras Públicas hasta $ 170.000.000,00.-
b) CONCURSO DE PRECIOS:
1. Bienes de Consumo y/o Servicios No Personales hasta $ 156.000.000,00.-
2. Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas,
Bienes de Capital y/u Obras Públicas hasta $ 725.000.000,00.-
c) LICITACION PRIVADA:
1. Bienes de Consumo y/o Servicios No Personales hasta $ 420.000.000,00.-
2. Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas,
Bienes de Capital y/u Obras Públicas hasta $ 1.450.000.000,00.-
d) LICITACION PUBLICA:
1. Bienes de Consumo y/o Servicios No Personales cuyos montos
superen la suma de $ 420.000.000,00.-
2. Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas, Bienes de Capital
y/o Obras Públicas cuyos montos superen la suma de $ 1.450.000.000,00.-
ARTICULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial Provincial y Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a Dirección General de Compras y Suministros, Contaduría General, Tesorería General, Dirección General de Presupuesto y Dirección General de Auditoría Interna Municipal, respectivamente.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente









