BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 09/05/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 5128 –00- 2004.-
DECRETO N° 0367.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE ABRIL DE 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3923/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de Abril de 2004, mediante la cual se exime del pago en concepto de Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que suministra la Empresa LIMSA, a la propiedad de la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD, individualizada como Lote 17, Manzana 38, Padrón A-1050, ubicada en calle Ramírez de Velazco N° 253, de esta ciudad, por el período 2004, en atención a los motivos expuestos en el exordio
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior téngase por Instrumento Legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza N° 3923/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
09 MAYO S/C








