BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 09/05/05

 

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE.         N°       5128     –00-      2004.-

DECRETO N°     0367.05.007                    .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE ABRIL DE 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE­

SAN SALVADOR DE JUJUY­

DECRETA­­

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3923/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de Abril de 2004, mediante la cual se exime del pago en concepto de Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que suministra la Empresa LIMSA, a la propiedad de la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD, individualizada como Lote 17, Manzana 38, Padrón A-1050, ubicada en calle Ramírez de Velazco N° 253, de esta ciudad, por el período 2004, en atención a los motivos expuestos en el exordio­

­ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior téngase por Instrumento Legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza N° 3923/2004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-­

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ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

09 MAYO S/C