BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 11/05/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 16-18656 — 2004 .-
DECRETO N° 0424 . 05 . 008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAYO 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1º: Públiquese en el Boletín Oficial por el termino de Ley, la Ordenanza Nº 3877/2003 sancionada en insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Sesión Ordinariacelebrada el día 06 de Diciembre de año en curso; mediante la cual se aprueba el Código de Edificación de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 2º: Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal Nº3877/2003 (Insistencia) remitiéndose copia de la misma y del presente decreto para conocimiento del Consejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy y al Boletín Oficial para su publicación por el término de ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
11 MAYO S/C








