BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 11/05/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE  N°   16-18656 — 2004   .-

DECRETO       N°     0424  .  05  .  008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY­,  02  MAYO  2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1º: Públiquese en el Boletín Oficial por el termino de Ley, la Ordenanza Nº 3877/2003 sancionada en insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Sesión Ordinariacelebrada el día 06 de Diciembre de año en curso; mediante la cual se aprueba el Código de Edificación de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 2º: Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal Nº3877/2003 (Insistencia) remitiéndose copia de la misma y del presente decreto para conocimiento del Consejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy y al Boletín Oficial para su publicación por el término de ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

11 MAYO S/C