BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 11/05/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE  N°   16-18635 — 2004   .-

DECRETO       N°     0417  .  05  .  008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY­,  02  MAYO  2005
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EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3876/2003 sancionada en Insistencia  por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de Diciembre del año en curso; mediante la cual se aprueba el Código de Publicidad en el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-­

­ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3876/2003 (Insistencia), remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

11 MAYO S/C