BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 11/05/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 16-18635 — 2004 .-
DECRETO N° 0417 . 05 . 008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAYO 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3876/2003 sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de Diciembre del año en curso; mediante la cual se aprueba el Código de Publicidad en el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3876/2003 (Insistencia), remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
11 MAYO S/C








