BOLETIN OFICIAL Nº 13 – 30/01/2026

ADENDA AL CONTRATO DE “CONSTITUCION DE CCXA GROUP SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”.-  En la Ciudad de Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 17 días del mes de octubre del año dos mil veinticinco; comparecen los Señores Gabriel Mamani, DU – DOCUMENTO UNICO Nº 32.249.956, CUIT Nº 20-32249956-7, de nacionalidad Argentina, nacido el 29/03/1986, profesión: Despachante de Aduana, estado civil: Soltero, con domicilio en Mitre N°346 B° San Roque, Ciudad Perico, Provincia de Jujuy. Mauro Mamani, DU-DOCUMENTO UNICO 34.426.965, CUIT N° 20-34426965-4, de nacionalidad argentina, nacido el 25/09/1989, profesión: Despachante de Aduana, estado civil: casada, con domicilio en Honduras N° 260 B° La Paz – Ciudad Perico, Provincia de Jujuy. María Belén Alejandra Guzmán, DU-DOCUMENTO UNICO 38.757.733, CUIT N° 27-38757733-0, de nacionalidad argentina, nacido el 25/12/1994, profesión: Empleada, estado civil: soltero, con domicilio en Arturo Zabala N°31 B° San Miguel- Ciudad Perico, Provincia de Jujuy. Ariadna Mariel Rivero Mamani, DU-DOCUMENTO UNICO 47.123.258, CUIT N° 27-47123258-6, de nacionalidad argentina, nacido el 29/05/2006, profesión: Estudiante, estado civil: soltero, con domicilio en Mitre N°346 B° San Roque- Ciudad Perico, Provincia de Jujuy. Suscriben la presente ADENDA al contrato de “CONSTITUCION DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA” denominada “CCXA GROUP SAS.” Ref.: EXPTE. N° 0301-453/2025, CARATULADO: “SR. GABRIEL MAMANI: SOLICITA INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD “CCXA GROUP S.A.S.”, en adelante EL CONTRATO PRINCIPAL, con la siguiente cláusula que se describe a continuación: CLAUSULA PRIMERA: La presente adenda tiene por objeto modificar la cláusula Sección – II. Disposiciones Transitorias Punto Dos del contrato principal, la que quedará redactada de la siguiente manera: II. DISPOSICIONES TRANSITORIAS: 2. CAPITAL SOCIAL: Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Gabriel Mamani, suscribe la cantidad de 161.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Mauro Mamani, suscribe la cantidad de 161.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. María Belén Alejandra Guzmán, suscribe la cantidad de 161.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Ariadna Mariel Rivero Mamani, suscribe la cantidad de 161.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares y a un solo efecto, en la ciudad de Perico a los 21 días del mes de octubre del dos mil veinticinco.- ACT. NOT. Nº B 00975964- ESC. MARIEL ANDREA PONCE- TIT. REG. Nº 100- CIUDAD DE PERICO- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 064-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-453/2025- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 20 de Enero de 2026.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

30 ENE. LIQ. Nº 42700 $2.800,00.-