BOLETIN OFICIAL Nº 12 – 28/01/2026
DECRETO Nº 4455-S/2025.-
EXPTE. Nº 731-28/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2025.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramitan los compromisos devengados y no pagados por el Hospital Nuestra Señora del Pilar – El Talar – del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio 2024; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 132-HNSP/2025 la Dirección de Gestión de Salud del Nosocomio resolvió: Autorizar el pago de la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., CUIT 30-50085213-1, indicando un monto total de $7.160.642,00.
Que, rola incorporado en autos documentación que detalla la deuda, copias certificadas de facturas y remitos.
Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Recursos Presupuestarios y Financieros y de la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.
Que, la Secretaria de Control de Gestión y Compras del Ministerio de Hacienda y Finanzas, informa que la deuda detallada ha sido compulsada y verificada, conformando el importe de pesos siete millones cientos sesenta mil seiscientos cuarenta y dos con 00/100 ctvs. ($7.160.642,00).
Que, obra dictamen legal emitido por Asesoría Legal de Fiscalía de Estado compartido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales de dicho organismo del cual surge que, lo requerido se ajusta a los términos del artículo 42 de la Ley N°4.958 de Administración Financiera y Sistema de Control para la provincia de Jujuy, por lo que, correspondería emitirse el presente acto administrativo.
Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia.
Por ello, en uso de facultades propias y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N° 731-28/2025 Caratulado: “REF.: SOLICITUD DE CARGA DE PARTIDAS – DEUDA PÚBLICA – 2024-“, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 3-10-15-01-26-0 “Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025, Ley N° 6440/2024, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, siga a la Dirección Provincial de Presupuesto y a Contaduría de la Provincia. – Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









