BOLETIN OFICIAL Nº 10 – 23/01/2026
DECRETO Nº 4318-S/2025.-
EXPTE. Nº 714-777/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
- de O.: R6-01-02 Hospital Pablo Soria
SUPRIMASE:
Categoría N° de Cargos
A-2 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
A-1 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Janet Abigail Daj, CUIL N° 27-25651486-4, al cargo categoría A-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, como personal en la planta permanente de la U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir del 25 de julio de 2.021, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- Téngase por desigriada en carácter de interina, a la Licenciada en Trabajo Social Amanda Verónica Flores, CUIL N° 27-37094137-3, en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones en el Servicio Social de la U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir del 14 de noviembre de 2022 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIOS 2022-Ley 6256, N° 2023-Ley N° 6325, 2.024-Ley N° 6371:
Las respectivas partidas de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.-
EJERCICIO 2025-Ley N° 6440:
Con la respectiva partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.-
En caso de que en ejercicios anteriores no haya sido liquidado y abonado lo tramitado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida del Presupuesto General vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









