BOLETIN OFICIAL Nº 10 – 23/01/2026
DECRETO Nº 4229-S/2025.-
EXPTE. Nº 714-3066/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por aceptada la renuncia al Contrato de Servicios presentada por la Licenciada en Trabajo Social María Celeste Costas Frison, CUIL N° 27-35307313-9, en la categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, bajo la dependencia de la U. de O.: R1 Ministerio de Salud, a partir del 11 de mayo de 2023, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
- de O.: R6-01-02 “Hospital Pablo Soria”
SUPRIMASE:
Categoría N° de Cargos
A-5 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
A-1 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
ARTÍCULO 3º.- Téngase por designada a la Licenciada en Trabajo Social María Celeste Costas Frison, CUIL N° 27-35307313-9, en un cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, de la Unidad de Organización: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de mayo de 2023, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demanda el presente tramite, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
En el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicios: 2023 -Ley N° 6325 y 2024 – Ley N° 6371, se encontraban previstas las respectivas partidas de Gastos en Personal, asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud – U. de O. 6-01-02 Hospital Pablo Soria.
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025 – Ley N° 6440, prevé la partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-02 Hospital Pablo Soria.
En caso de que en los ejercicios anteriores no haya sido liquidada y abonada la designación que se trata, la misma se atendería con la siguiente partida del Presupuesto General vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









