LEY Nº 370
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 370
ARTICULO 1º.- Acuerdase al Colegio del Huerto de esta ciudad, un
subsidio de CINCO MIL PESOS M/N, destinados a la edificación de
pabellones para la ampliación del local que ocupa el pensionado anexo
a aquel.
ARTICULO 2º.- Este gasto se incluirá en el Presupuesto del año
próximo.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES, JUJUY, agosto 31 de 1918.-
ERNESTO CUÑADO MANUEL F. CORTE
Secretario Presidente