BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 18/05/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 09219 -00- 2003.-
DECRETO N° 0416.05.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE MAYO DE 2005.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 3809/2003, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de Octubre de 2003, mediante la cual se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios a Jubilados y Pensionados con ingresos insuficientes por inmuebles de su propiedad, en atención a los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior téngase por Instrumento Legal, comuníquese y regístrese la Ordenanza Municipal N° 3809/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial Municipal para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
18 MAYO S/C








