BOLETIN OFICIAL Nº 8 – 19/01/2026
MUNICIPALIDAD DE PERICO
DECRETO Nº 012/2026.-
CIUDAD PERICO, 12 ENE. 2026.-
VISTO
La realización de las Olimpiadas Veraniegas a realizarse en la Ciudad para el periodo 2026 y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Deportes ha dispuesto la organización de las Olimpiadas Veraniegas del año 2026.-
Que la realización de dicha actividad deportiva resulta de vital trascendencia e importancia para la comunidad de Ciudad Perico, constituyendo les Olimpiadas 2026 una de las actividades deportivas, sociales y culturales más trascendentes de la Ciudad.-
Que la puesta en funcionamiento de tal actividad deportiva conlleva la necesidad de organizar, direccionar y ejecutar actividades en diferentes establecimientos deportivos de la Ciudad.-
Que a fin de afrontar dichas actividades la Dirección de Deportes y la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Perico tienen la necesidad de disponer de erogaciones propias imprescindibles para la realización de las Olimpiadas 2026.-
Que, es facultad del señor intendente tomar decisiones que favorezcan la marcha del hacer de este municipio en función dal bien de la comunidad y de la práctica de actividades deportivas, sociales y culturales.-
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1º Dispóngase declarar de interés municipal la realización de las Olimpiadas 2026 de la Ciudad de Perico, organizadas por parte de le Dirección de Deportes de la Municipalidad de Perico.-
ARTICULO 2º Designar como autoridad de aplicación para la realización de la Olimpiadas Veraniegas 2026 de Ciudad Perico, a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Perico, debiendo adoptar todas las medidas administrativas, presupuestarias y financieras necesarias para la realización de las mismas, debiendo adoptar los mecanismos de control y rendición de gastos suficientes para garantizar la transparencia de las erogaciones que demande la práctica de deportiva, social y cultural de las Olimpiadas Veraniegas 2026.-
ARTICULO 3º: Dispóngase que por intermedio de la Dirección de Deportes y la Secretaria de Hacienda se realicen las erogaciones necesarias para la realización de las Olimpiadas Veraniegas 2026.-
ARTICULO 4°: Notifíquese a las áreas respectivas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido vuelva al Ejecutivo Municipal, a sus demás efectos.-
Rolando Pascual Ficoseco
Intendente









