BOLETIN OFICIAL Nº 8 – 19/01/2026

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO Nº 011/2026.-

CIUDAD PERICO, 12 ENE. 2026.-

VISTO

La realización de las Colonias de Vacaciones de Ciudad Perico por el periodo 2026 y

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Perico ha dispuesto la organización de las Colonias de Vacaciones Municipales para el periodo 2026, a llevarse adelante en las instalaciones del Parque El Retorno de nuestra ciudad.

Que la Colonia de Vacaciones resulta de vital importancia para la contención de los menores de edad de la Ciudad, brindando un ámbito de esparcimiento y entretenimiento para la comunidad de Perico.-

Que la puesta en funcionamiento la Colonia de Vacaciones hace necesario tener que afrontar gastos y erogaciones para la correcta y segura implementación de las actividades sociales, culturales y de esparcimiento para los niños y niñas de la Ciudad.-

Que, dentro de tal ámbito de actuación resulta facultad del Señor Intendente tomar decisiones que favorezcan la marcha del hacer de este municipio en función del bien de la comunidad y de la práctica de actividades deportivas, sociales y culturales.-

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PERICO

DECRETA

ARTICULO 1º: Dispóngase declarar de interés municipal la realización de la Colonia de Vacaciones 2026 de la Ciudad de Perico, organizadas por parte de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Perico, a realizarse desde el 12 de enero hasta el 21 de enero de 2026.-

ARTICULO 2º: Designar como autoridad de aplicación para la realización de la colonia de Vacaciones 2026 de Ciudad Perico, a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Perico, debiendo adoptar todas las medidas administrativas, presupuestarias y financieras necesarias para la realización de las mismas, debiendo adoptar los mecanismos de control y rendición de gastos suficientes para garantizar la transparencia de las erogaciones que demande la puesta en funcionamiento de las Colonias de Vacaciones 2026.-

ARTICULO 3º: Dispóngase que por intermedio de la Dirección de Deportes y la Secretaria de Hacienda se realicen las erogaciones necesarias para la implementación de lo establecido en el presente instrumento.-

ARTICULO 4°: Notifíquese a las áreas respectivas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido vuelva al Ejecutivo Municipal, a sus demás efectos.-

 

Rolando Pascual Ficoseco

Intendente