BOLETIN OFICIAL Nº 6 – 14/01/2026
DECRETO Nº 11730-S/2023.-
EXPTE. Nº 714-1368/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 1911-S-2020, de fecha 12 de noviembre del 2020, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 2º.- Adecuase al Licenciado en Enfermería Carlos Santiago López, CUIL Nº 20-28786336-8, en el cargo Categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley Nº 4413 de la Unidad de Organización R6-01-02 Hospital “Pablo Soria” a partir del 16 de diciembre del 2019, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley Nº 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023- Ley Nº 6325:
Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización, R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, la partida Gastos en Personal la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 “Adecuación Personal Ley Nº 4413”, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro. –
EJERCICIO VENCIDOS:
La partida 3-10-15-01-27-00 Gastos de Juicio contra Estado Provincial. – Fiscalía de Estado”, correspondiente a la Jurisdicción “L” Deuda Pública, cuya administración y ejecución a Contaduría de la Provincia de acuerdo a la efectiva disponibilidad de fondos. –
ARTÍCULO 4º.- Para el caso de existir diferencias salariales y a los fines de dar cumplimiento con la manda judicial, instrúyase a Contaduría de la Provincia, se depositen en la cuenta judicial perteneciente al expediente Nº C-176.553/21, caratulado: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: López, Carlos Santiago c/Estado Provincial”, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR









