BOLETIN OFICIAL Nº 2 – 05/01/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 3100.25.008.-

EXPEDIENTE N° 16 – 21011 – 2025 – 1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2025.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8235/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025, mediante el cual se crea el “Programa de Obras Mixtas de Articulación Público/Privada” destinada a vecinos de nuestra ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Obras Públicas, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8235/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025, mediante la cual se crea el “Programa de Obras Mixtas de Articulación Público/Privada” destinada a vecinos de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras Públicas, Arq. ALDO ALFREDO MONTIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructura, Dirección General Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Secretaría de Obras Públicas. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente