BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 01/06/05
MUNICIPALIDAD DE FRAILE PINTADO – JUJUY-
DECRETO Nº 213 DE /04.-
Fraile Pintado, 29 de Noviembre de 2.004.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 044-CD-04 sancionada por el Concejo Deliberante el día 25 de Noviembre de 2.004, mediante la cual, la Municipalidad de Fraile Pintado adhiere a la ley Provincial Nº 5435. Y,
CONSIDERANDO:
Que, la ley Nº 5435 que trata sobre la creación del programa de Fortalecimiento y Saneamiento Municipal destinado a afianzar el proceso de desarrollo local, fortalecimiento institucional y saneamiento de la finanzas municipales, en las condiciones prevista en la citada Ley.-
Que, en el art. 42º de la Ley provincial Nº 5435 invita a los Municipios a adherirse a este instrumento legal.-
POR ELLO
EL INTENDENTE DE FRAILE PINTADO EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY Y LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS Nº 4466/89.-
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza Nº 044-CD-04 sancionada el 25-11-04 por el Concejo Deliberante local, de adhesión a la Ley Provincial Nº 5435 y que y que se refiere a la creación de un Programa de Fortalecimiento y Saneamiento Municipal, de acuerdo a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE a las Secretaria del Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos que estimen corresponder.-
ARTICULO 3º: REMÍTASE copia del presente Decreto, al Concejo Deliberante, para conocimiento y demás efectos pertinentes.-
ARTICULO 4º: DESE difusión por los medios de comunicación.-
CUMPLIDO: REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE
JORGE ADALBERTO GOMEZ
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE FRAILE PINTADO
01 JUNIO LIQ. Nº 43572 $ 3.90








