BOLETIN OFICIAL Nº 146 – 22/12/2025

Tribunal de Familia – Sala I – Vocalía 1, Dra. Arias, María Luisa – Juez del Tribunal de Familia – Moyano (h), Walter Reyes – Prosecretario Técnico Administrativo. – en el Expte. N° C-273049/25 caratulado “ALIMENTOS LLAMPA, MAXIMA MIRTA c/ TOLABA, CESAR MANUEL” por el presente se notifica el proveído dictado en la causa de referencia y que a continuación transcribo textualmente: “San Salvador de Jujuy, 13 de mayo de 2025. I.- Téngase por presentado al Dr. Darío Raúl Melano, Defensor Público de Asistencia Jurídico Social de la Unidad de Defensa Nº 2 de la Defensoría de Humahuaca para actuar en nombre y representación de la Sra. LLAMPA, MAXIMA MIRTA (DNI 36509051), por constituido domicilio legal y por parte a mérito de la carta poder adjuntada en Escrito N° 1724487.- II.-Admítase la presente acción por Alimentos en contra del Sr. TOLABA, CESAR MANUEL (DNI 29799904), que se tramitará de conformidad a las prescripciones del Art. 449 del CPCC y Art. 83 y ss. De L.P.F Nº 6362, y en su mérito córrase traslado a la contraria por el término de cinco días en el domicilio denunciado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos afirmados por la actora (art. 337) del CPC.- III.- Fijase como CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA a favor del menor DYLAN LLAMPA TOLABA (DNI 56.235.671) el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo vital y móvil que el demandado, SR. TOLABA, CESAR MANUEL (DNI 29799904) deberá depositar entre el día 1 y 15 en forma mensual y consecutiva en el Banco Macro S.A. Sucursal San Martín como pertenecientes a los autos de referencia, y para ser retirados por la Sra. LLAMPA, MAXIMA MIRTA (DNI 36509051) contra la sola presentación de su documento de identidad.- IV.- Sin perjuicio a lo dispuesto supra fíjese Audiencia de Conciliación en los términos del Art. 20 del CPC para el día 29 del mes de mayo del corriente año a hs.10:30 a la que deberán comparecer las partes con sus respetivos letrados.- V.- Notifíquese a la Unidad de la Defensa de P.M.I y C.R. de la audiencia fijada.- VI.- Atento a lo solicitado por la Sra. Defensora concédase el Beneficio de Justicia Gratuita definitivo a la Sra. LLAMPA, MAXIMA MIRTA (DNI 36509051).- VII.- Notificase por Poder Judicial de la Provincia de Jujuy Tribunal de Familia – Sala I – Vocalía 1 General Paz Nº 625/31 – San Salvador de Jujuy cedula”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres (3) veces en el término de cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 31 de octubre de 2025.- Moyano (H), Walter Reyes – Prosecretario Técnico Administrativo.-

 

22/24/26 DIC. LIQ. Nº 42467 $4.800,00.-