BOLETIN OFICIAL Nº 146 – 22/12/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 406/2025.-
REF. “RED MUNICIPAL DE ACOMPAÑAMIENTO INTEGRAL PARA MUJERES EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO”. (EXPTE. 325-CD-2025 Proyecto presentado por los concejales López Marcelo y López Amanda).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de fortalecer las políticas locales de prevención, acompañamiento, asistencia y protección destinadas a mujeres que atraviesan situaciones de violencia de género en el Municipio de Puesto Viejo; y
Que, la violencia de género constituye una problemática social estructural que vulnera derechos humanos fundamentales, afecta la integridad física, psicológica, económica, simbólica y sexual de las mujeres, y reproduce desigualdades históricas basadas en relaciones de poder.
Que, el Estado municipal, en concordancia con la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, tiene la responsabilidad de promover políticas públicas concretas que garanticen la prevención, asistencia, acompañamiento y protección a las mujeres que la padecen.
Que, las intervenciones institucionales aisladas resultan insuficientes frente a la complejidad de los casos, por lo que se hace necesario desarrollar un enfoque integral, interinstitucional y comunitario, que articule recursos locales, capacidades institucionales, organizaciones sociales, referentes barriales, áreas municipales, fuerzas de seguridad, centros de salud, establecimientos educativos y dispositivos provinciales y nacionales.
Que, las mujeres víctimas de violencia de género requieren una red de contención sólida, accesible, eficiente y capacitada, que asegure acompañamiento emocional, asesoramiento legal, orientación psicosocial, asistencia inmediata en situaciones de emergencia y un proceso continuo de seguimiento que favorezca la salida definitiva del círculo de la violencia.
Que, el diseño de una Red Municipal de Acompañamiento Integral permite optimizar el uso de los recursos existentes, unificar criterios de intervención, mejorar los canales de comunicación y construir respuestas rápidas, coordinadas y efectivas.
Que, el Municipio de Puesto Viejo, a través de su Área de la Mujer, Género y Diversidad dependiente de la Dirección de Desarrollo Humano, ya desarrolla acciones fundamentales de abordaje, pero resulta necesario jerarquizar estas intervenciones, otorgar un marco normativo y ampliar la capacidad de respuesta mediante una política pública estable, sostenida y transversal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo la “Red Municipal de Acompañamiento Integral para Mujeres en Situación de Violencia de Género”, con el fin de brindar asistencia, acompañamiento, contención y seguimiento a mujeres que se encuentren atravesando situaciones de violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
Artículo 2º-. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un sistema integral y articulado de acompañamiento que asegure:
- Contención emocional y psicosocial inmediata.
- Derivación oportuna a organismos competentes.
- Acompañamiento durante todo el proceso de salida de la situación de violencia.
- Acciones preventivas y de fortalecimiento comunitario.
Artículo 3º-. Serán objetivos generales:
- Garantizar el acceso efectivo a derechos fundamentales de las mujeres víctimas de violencia.
- Reducir los riesgos y daños asociados a las situaciones de violencia.
- Promover la articulación interinstitucional para dar respuestas integrales.
- Generar espacios seguros de escucha activa, contención y acompañamiento.
- Instalar en la comunidad una cultura de prevención y de igualdad de género.
Artículo 4º-. Serán objetivos específicos:
- Facilitar la detección temprana de situaciones de violencia.
- Brindar asistencia inmediata en casos de urgencia.
- Realizar seguimiento personalizado de cada caso.
- Asegurar la coordinación entre áreas municipales, policía, salud, educación y organizaciones sociales.
- Fortalecer las capacidades institucionales mediante formación continua.
- Promover redes comunitarias de apoyo barrial.
- Impulsar campañas de sensibilización y capacitación ciudadana.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección de Desarrollo Humano, a través del Área de la Mujer, Género y Diversidad de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
- Diseñar, implementar y actualizar los protocolos municipales de actuación en casos de violencia.
- Garantizar la atención presencial y telefónica a mujeres que demanden asistencia.
- Coordinar derivaciones y acciones conjuntas con organismos provinciales y nacionales.
- Establecer puntos de referencia barriales para facilitar el acceso a la Red.
- Brindar capacitaciones a agentes municipales, personal de instituciones educativas, profesionales de la salud y referentes comunitarios.
- Realizar campañas de difusión sobre los canales de atención y prevención de la violencia.
- Realizar informes periódicos para el Concejo Deliberante sobre los avances, necesidades y resultados de la Red.
Artículo 7º-. La Red Municipal estará integrada por:
- Área de la Mujer, Género y Diversidad (coordinación).
- Equipos interdisciplinarios municipales.
- CAPS y personal de salud.
- Equipos educativos locales.
- Fuerzas de seguridad con perspectiva de género.
- Organizaciones sociales, barriales y comunitarias.
- Servicios de asistencias provinciales o nacionales (como la Línea 144).
Artículo 8º-. La Autoridad de Aplicación deberá desarrollar anualmente campañas y actividades de prevención y promoción de derechos dirigidas a la comunidad, instituciones educativas, clubes, barrios y organizaciones civiles.
Artículo 9º-.DE FORMA.-
SALA DE SESION. 27 DE NOVIEMBRE 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente









