BOLETIN OFICIAL Nº 146 – 22/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 395/2025.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE RECONOCIMIENTO A LA MUJER EMPRENDEDORA”. (EXPTE. 314-CD-2025 Proyecto presentado por los concejales López Marcelo y López Amanda).

VISTO Y CONSIDERANDO;

Que el día 19 de noviembre de cada año se conmemora el Día Internacional de la Mujer Emprendedora, establecido a nivel global con el objetivo de visibilizar, impulsar y reconocer el rol fundamental que cumplen las mujeres en el desarrollo económico, social y cultural de las comunidades;

Que, las mujeres emprendedoras representan un motor indispensable para las economías locales, aportando innovación, creatividad, generación de empleo y fortalecimiento de las redes productivas en cada territorio.

Que, particularmente en el Municipio de Puesto Viejo, numerosas mujeres llevan adelante proyectos productivos, comerciales, sociales, culturales y de servicios que contribuyen significativamente al crecimiento y la identidad comunitaria, muchas veces enfrentando obstáculos vinculados a la brecha de género, las dificultades para acceder a financiamiento, la sobrecarga de tareas de cuidado y la falta de espacios de difusión.

Que, se considera necesario que el Municipio acompañe, reconozca y estimule el desarrollo de mujeres emprendedoras, no solo desde la valoración simbólica sino también desde la generación de políticas públicas sostenidas que promuevan oportunidades equitativas, visibilidad, capacitación y fortalecimiento institucional.

Que, la creación de un Programa Municipal de Reconocimiento a la Mujer Emprendedora permitirá institucionalizar, año tras año, un reconocimiento formal a mujeres destacadas por su trayectoria, su aporte comunitario, su innovación productiva o su impacto social, promoviendo referentes locales y estimulando a nuevas generaciones de emprendedoras.

Que, la valoración pública del emprendedurismo femenino contribuye al desarrollo humano, al empoderamiento económico de las mujeres, a la construcción de una sociedad más igualitaria y al cumplimiento de los principios establecidos en la normativa nacional y provincial en materia de género, igualdad de oportunidades y desarrollo local.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Programa Municipal de Reconocimiento a la Mujer Emprendedora”, destinado a distinguir anualmente a dos (2) mujeres emprendedoras del ejido municipal que se destaquen por su labor, aporte comunitario, innovación o trayectoria.

Artículo 2º-. El objeto de la presente Ordenanza es institucionalizar un Programa Municipal destinado a reconocer, visibilizar y poner en valor el trabajo, la trayectoria, la innovación y el aporte comunitario de las mujeres emprendedoras de Puesto Viejo, promoviendo su desarrollo integral, fortaleciendo su participación en la economía local y contribuyendo a la igualdad de oportunidades mediante acciones de difusión, estímulo y acompañamiento.

Artículo 3º-. Serán objetivos generales del Programa:

  • Reconocer públicamente el aporte económico, social, cultural y comunitario de las mujeres emprendedoras del municipio.
  • Promover la igualdad de oportunidades para el desarrollo de proyectos liderados por mujeres.
  • Visibilizar referentes locales, incentivando la participación de más mujeres en actividades productivas, creativas y de impacto social.
  • Fortalecer la autonomía económica de las mujeres a través de acciones de estímulo, difusión y articulación institucional.
  • Institucionalizar anualmente un reconocimiento oficial que consolide una política pública sostenida en materia de emprendedurismo femenino.

Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Generar un espacio anual de valoración pública para distinguir a dos mujeres emprendedoras destacadas en el ejido municipal.
  • Difundir historias, trayectorias, prácticas innovadoras y proyectos productivos que contribuyan a inspirar a otras mujeres y fortalecer el tejido emprendedor local.
  • Promover la participación comunitaria mediante la postulación de candidatas y la construcción colectiva de referentes.
  • Impulsar la articulación entre áreas municipales, instituciones educativas, organizaciones sociales y sectores productivos para acompañar y fortalecer emprendimientos liderados por mujeres.
  • Favorecer el acceso a información, oportunidades de capacitación y redes de apoyo para mujeres emprendedoras reconocidas y postulantes.
  • Contribuir a la reducción de brechas de género vinculadas al emprendedurismo, el acceso a mercados, la visibilización y el fortalecimiento económico.
  • Crear y mantener un registro histórico del programa, documentando las experiencias y aportes de las mujeres distinguidas cada año.
  • Generar acciones complementarias que potencien el crecimiento, sostenibilidad y proyección de los emprendimientos reconocidos.

Artículo 5º-. El reconocimiento será otorgado cada año en el marco de las actividades municipales con motivo del 19 de noviembre, Día Internacional de la Mujer Emprendedora, o en una fecha próxima que determine la

Autoridad de Aplicación.

Artículo 6º-. El reconocimiento consistirá en:

  • Una distinción honorífica emitida por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante.
  • Un certificado oficial de reconocimiento.
  • La difusión pública de la trayectoria y obra de las emprendedoras seleccionadas a través de canales institucionales.

Artículo 7º-. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será el Área de la Mujer, Género y

Diversidad, en coordinación con la Dirección de Cultura y Dirección de Producción y Empleo de la municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 8º-. La Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

  • Diseñar y ejecutar el cronograma anual del Programa.
  • Convocar a través de medios oficiales a la presentación de postulaciones o propuestas de candidatas.
  • Establecer criterios de selección, tales como innovación, impacto comunitario, crecimiento del emprendimiento, inclusión social, aporte cultural, trayectoria o potencial de desarrollo.
  • Integrar un Comité Evaluador, pudiendo incluir representantes del Ejecutivo, del Concejo Deliberante y de instituciones intermedias.
  • Coordinar la ceremonia oficial de entrega de reconocimientos, garantizando la visibilidad pública del evento.
  • Registrar y sistematizar los antecedentes de cada edición del programa para generar memoria institucional.
  • Impulsar acciones de acompañamiento, capacitación o articulación para fortalecer la continuidad de los emprendimientos reconocidos.
  • Articular con la Dirección de Cultura la difusión de historias, proyectos y logros de las emprendedoras distinguidas.
  • Emitir informes anuales sobre la implementación del presente Programa, elevándolos al Departamento

Ejecutivo y al Concejo Deliberante.

Artículo 9º-. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la amplia difusión del Programa a través de redes sociales y medios locales.

Artículo 10º-. DE FORMA.-

SALA DE SESION. 27 DE NOVIEMBRE 2025.-

 

Lic. María Amanda López

Presidente