BOLETIN OFICIAL Nº 146 – 22/12/2025

MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-

DECRETO Nº 0434/DE/25-

CIUDAD DE EL CARMEN, 12 DIC. 2025.-

VISTO:

El Dictamen de Evaluación emitido por la Comisión Evaluadora designada para intervenir en la Licitación Pública N° 1, a los fines de la concesión de uso y explotación del Buffet del Complejo Turístico La Ciénaga / Balneario Municipal, convocada mediante Decreto Municipal N° 0414 de fecha 1 de diciembre de 2025, la Ley Orgánica de municipios N° 4466 y …

CONSIDERANDO:

Que, conforme al cronograma y procedimiento aprobado por el citado Decreto, en fecha 10 de diciembre de 2025 se realizó el Acto de Apertura de Sobres; ;

Que, la Comisión Evaluadora, mediante Dictamen de fecha 11 de diciembre de 2025, analizó las propuestas presentadas por los oferentes Pérez Jorge Luis y Burgos Laura Gisela;

Que del análisis comparativo efectuado se determinó que ambos oferentes cumplen con los requisitos legales y formales, diferenciándose sus propuestas en aspectos técnicos y económicos;

Que la oferente Burgos Laura Gisela presenta una mejor propuesta técnica y un canon mensual superior, conforme criterios del Pliego (antecedentes, propuesta técnica, plan de explotación, mejoras,etc) por lo que la Comisión Evaluadora recomendó la adjudicación a la misma;

Que corresponde, en consecuencia, dictar el acto administrativo de adjudicación conforme lo dispuesto por el Pliego de Bases y Condiciones y las normas municipales vigentes;

Por todo ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CARMEN

DECRETA:

ARTICULO 1°. – Adjudicase la Licitación Pública N° 1- Concesión de Uso y Explotación del Buffet del Complejo Turístico La Ciénaga / Balneario Municipal, a la oferente: BURGOS LAURA GISELA, documento de identidad N° 33254723, por haber presentado la propuesta más conveniente para los intereses de la Municipalidad, conforme lo recomendado por la Comisión Evaluadora.-

ARTICULO 2°.- Establézcase que el canon mensual a abonar por la adjudicataria será de: PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00). –

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Secretaría de Hacienda o a el área que corresponda, a confeccionar y suscribir con la adjudicataria el Contrato de Concesión de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y normativa aplicable.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese el presente Decreto a la adjudicataria y al oferente no adjudicado, haciéndoles saber que el contrato deberá ser suscrito dentro del plazo fijado por el Pliego o el que determine la autoridad competente.

ARTICULO 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la provincia de Jujuy y comuníquese a la Secretaria de Hacienda y demás áreas en el ámbito de su competencia, bajo constancia de firma con la que se acredite de modo fehaciente que han tomado debido conocimiento. El mismo acto se les hará entrega de una copia del presente Decreto. Cumplido, Archívese.-

 

Lic. Víctor H. González

Intendente