BOLETIN OFICIAL Nº 145 – 19/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA.-

ORDENANZA N° 1.190/2025.-

“CESION DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO JUDICIAL HUMAHUACA”

VISTO

La nota presentada por la Sra. Intendente Municipal Karina Marisol Paniagua por cual a su vez remite a éste Concejo Deliberante el pedido formulado por el Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de ésta Provincia de Jujuy, Dr. Ekel Meyer por la que solicita la cesión del remanente del lote 901 terreno sito entre Avenida Juan Manuel Fangio y calle Islas Malvinas del Barrio San José de esta Ciudad de Humahuaca (ex matadero) destinado a la construcción del Centro Judicial Humahuaca, obra que estará a cargo del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy.-

CONSIDERANDO

Que la Lay Provincial Nº 6004 sancionada el 26 de diciembre de 2022, en su artículo 1 inc c), establece la creación de Centros Judiciales de Juzgados Multifueros, con el objetivo de descentralizar especializar los juzgados y mejorar el acceso a justicia y optimizar la administración de justicia.-

Así ordena la creación del Centro Judicial de Humahuaca con competencia territorial en los Departamentos de Humahuaca, Tilcara, Tumbaya y las localidades de Caspala y Santa Ana del Departamento Valle Grande.-

El artículo 3 inciso 1.a ordena la creación de un Juzgado Civil y Comercial y de Familia dentro del Centro Judicial de Humahuaca.-

Que, hasta tanto se implemente el Centro Judicial La Quiaca, el Centro Judicial Humahuaca será el más cercano y accesible para las comunidades de la Puna y de Valle Grande como Caspala y Santa Ana.-

Que la implementación del Juzgado de Género Nº 4 de Humahuaca constituye un avance institucional significativo para nuestras comunidades, al acercar la justicia especializada en violencia de género a la región de la Quebrada.-

Que persiste la necesidad de contar con un órgano jurisdiccional que atienda de manera accesible y eficaz las cuestiones de familia especialmente en beneficio de las comunidades alejadas a la ciudad de San Salvador de Jujuy lugar que se centra la mayor actividad judicial, a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos sin que ello implique desplazamientos que dificulten su participación en los procesos.-

Que los traslados hacia la ciudad de San Salvador de Jujuy para la realización de trámites judiciales implican esfuerzos económicos, logísticos y personales que afectan de manera particular a los sectores más vulnerables del interior, generando un impacto significativo en sus condiciones de vida y en el acceso equitativo a la justicia.-

Que ente las problemáticas judiciales más recurrentes en la región se encuentran las causas de familia, acciones voluntarias, juicios sucesorios, ejecutivos, posesorios y desalojos, lo que evidencia la necesidad de contar con una estructura judicial integral y cercana.-

Que conforme lo establece la Ley N° 6004 de la Provincia de Jujuy, el Ministerio Publico de la Defensa cuenta en Humahuaca con la estructura requerida para la implementación de un juzgado, incluyendo dos unidades de defensa civil y una unidad especializada en menores, personas con discapacidad y capacidad restringida.-

Que, surge del informe de gestión publicado por el Ministerio Publico de la Defensa en el año 2025 indica que la Defensoría de Humahuaca atendió 2.286 casos durante el 2024, de los cuales 625 fueron nuevos y 1.661 activos, lo que demuestra una alta demanda jurisdiccional en la región.-

Que, la participación permanente de abogados de la matrícula en la Quebrada y la Puna refuerza la necesidad de contar con un centro judicial que permita canalizar adecuadamente los conflictos legales de la población.-

Que el sistema judicial se sostiene sobre tres pilares Fundamentales jueces, defensores y fiscales, y que no pueden existir plenamente sin la articulación de estos actores en el territorio.-

Que la creación del Centro Judicial Humahuaca permitirá brindar respuestas jurisdiccionales a los ciudadanos de toda la Quebrada, Valle y Puna superando barreras como la distancia geográfica, la falta de recursos y la complejidad del sistema legal.

Que, garantizar el acceso a la justicia implica ofrecer una respuesta, pronta efectiva y territorialmente adecuada, que permita a todos los ciudadanos hacer valer sus derechos y resolver sus conflictos de manera equitativa por lo que es fundamental que se ponga en funcionamiento en la Ciudad de Humahuaca el Juzgado Civil, Comercial y de Familia,

Que, la colaboración y coordinación entre la Municipalidad de Humahuaca y el Poder Judicial de la Provincia de Jujuy es fundamental para garantizar el acceso a la justicia y la resolución efectiva de conflictos en la región y que el Centro Judicial beneficiará a toda la comunidad, sin distinción de ninguna naturaleza, promoviendo así una sociedad más justa y equitativa.-

Que, respecto al remanente (1396m2) cuya cesión solicita la Corte Suprema este Municipio, y así es reconocido públicamente, ha ejercido su posesión, y prueba de ello es que allí funcionaba el Matadero Municipal hace más de 50 años, que por Ordenanza N° 833/14 fue cedido en parte al Poder Judicial con destino al funcionamiento de la Defensoría Regional Humahuaca, hoy Ministerio Público de la Defensa, donde actualmente funciona.-

Que el Departamento Técnico del Poder Judicial, hizo llegar al Cuerpo de concejales el anteproyecto del Centro Judicial, el que fue analizado por todos del que surge que se construirá un pasaje (450 m²) que comunique ambos frentes del inmueble y las diferentes dependencias judiciales, el que a su vez beneficiará a los vecinos brindando un espacio verde, iluminado y seguro con una guardia policial las 24hs.-

Que, como resultado del proceso de articulación institucional entre el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Humahuaca y la representante de Poder Judicial, este último ha expresado su intención de incorporar dentro del diseño arquitectónico del futuro Centro Judicial un espacio destinado al uso comunitario, concebido como un auditorio accesible para el desarrollo de actividades educativas, intelectuales e institucionales abiertas a la ciudadanía. –

Que, resulta necesario dejar constancia expresa de dicho compromiso en la presente ordenanza, a fin de garantizar su cumplimenta y preservar el interés publico asimismo dicho compromiso representa una oportunidad para fortalecer el vínculo entre la justicia y la ciudadanía, promoviendo la participación activa y el uso compartido de la infraestructura pública. –

Que la construcción del Centro Judicial Humahuaca al igual que ocurrió con la edificación de la Defensoría Regional, generará fuentes de trabajo para la mano de obra local en rubros como albañilería, plomería, electricidad entre otros, y también beneficiará directamente a los comerciantes de la zona dinamizando la economía regional durante el proceso de obra y en funcionamiento posterior.-

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HUMAHUACA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY N° 4466/89 ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS SANCIONA LA ORDENANZA Nº 1.190/2.025-

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder los derechos que corresponden a la Municipalidad de Humahuaca sobre el remanente del Lote 901 de la Manzana 908 esto es 1396 m2 sito en el Barrio San José de la Ciudad de Humahuaca, al Poder Judicial de la Provincia de Jujuy, con destino exclusivo a la construcción del Centro Judicial Humahuaca.-

ARTICULO 2º: Autorizase a la Sra. Intendente Municipal, en un plazo no mayor a 60 días hábiles contados a partir del día siguiente de la promulgación de la presente Ordenanza, a firmar un convenio de Cesión de Derechos y Acciones conjuntamente con el Presidente de la Corte de Justicia de la Provincia de Jujuy, dejando expresamente que el destino del inmueble, objeto de cesión, es únicamente la construcción del Centro Judicial de Humahuaca, que el proyecto, dirección técnica, financiamiento y la construcción del mismo estará a cargo y bajo la exclusiva responsabilidad del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy y el compromiso a construir un espacio de uso comunitario bajo la forma de un auditorio, destinado a actividades educativas, intelectuales e institucionales, el cual estará bajo administración de la municipalidad de Humahuaca para su uso, goce y disfrute destinado a las actividades descriptas ut supre, tal administración se reglamentara por la Municipalidad de Humahuaca, con el consenso de este cuerpo deliberativo y que no perturben al desarrollo normal de la actividad judicial.-

ARTICULO 3º: E Poder Judicial deberá iniciar las obras de construcción en un plazo máximo de seis (6) mases contados a partir de la firma del Convenio establecido en el Artículo 1º.- En caso de incumplimiento de plazo estipulado precedentemente, ipso iure se producirá a reversión de los de Derechos y Acciones sobre el terreno descripto en el Articulo 1º de la presente, a favor de la Municipalidad de Humahuaca, sin necesidad de trámite judicial ni administrativo.-

ARTICULO 4º Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Regístrese. Publíquese. Cumplido, archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HUMAHUACA, A LOS 09 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2.025-

 

Roque Manuel Tarcaya

Presidente