BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 17/12/2025

DECRETO Nº 4526-G/2025.-

EXPTE. Nº 0400-4378/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DIC. 2025.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el 26 Diciembre del año en curso, y 2 de Enero de 2026, son días laborables;

Que, las citadas fechas son posteriores a las festividades de la Natividad de Nuestro Señor Jesucristo y del Año Nuevo;

Que, tradicionalmente estas fiestas constituyen motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio, y con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes por diversas causas, se domicilian lejos de su grupo familiar;

Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo y escolar los días 26 de Diciembre del corriente año y 2 de Enero de 2026, como así también arbitrar la situación para los días 24 y 31 de Diciembre del año en curso, para el personal del turno vespertino y su traslado en los medios de transporte público de pasajeros;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERANDOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otorgase Asueto Administrativo y Escolar en todo el territorio de Provincia de Jujuy los días 24 y 31 de Diciembre de 2025, a partir de las 12:00 horas.  ARTÍCULO 2°.- Otorgase Asueto Administrativo y Escolar en todo el territorio de la Provincia de Jujuy los días 26 de Diciembre del corriente año, y el 2 de Enero de 2026, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de servicios esenciales.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Educación para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia. Derechos Humanos y Trabajo a sus demás efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR