BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 17/12/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 3107.25.040.-
EXPEDIENTE N° 16 – 21017 – 2025 – 1.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DIC. 2025.-
VISTO:
La Ordenanza N° 8232/2025, aprobada por Decreto N° 2958.25.040, sobre Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nacional de la Contratación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la ciudad de San Salvador de Jujuy y sus anexos I, II y III y su procedimiento de Concesión; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme consta en la Ordenanza N° 8232/2025, la normativa establece por medio del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nacional de la Contratación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la ciudad de San Salvador de Jujuy y sus anexos I, II y III;
Que, en base a lo manifestado, y teniendo en consideración el procedimiento corresponde realizar el llamado a Licitación Pública N° I-02-2025, disponiendo el Ejecutivo como fecha de apertura de Sobres, el día 02 de febrero de 2026.-
El pliego podrá adquirirse a partir del presente llamado a Licitación Pública en la Dirección General de Compras y Suministros de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, sito en Avda. el Éxodo N° 215 Planta Baja (CP 4600) Jujuy, cuyo precio fue establecido en la suma pesos DOCE MILLONES CON CERO CENTAVOS ($12.000.000) de conformidad al art. 8 del PByCG los que se abonaran por los medios establecidos por la Dirección General de Rentas Municipal. En base al art. 13 del PByCG las ofertas podrán presentarse hasta el día 30 de enero de 2026 hasta horas
10 de la mañana, es decir 24 hs. hábiles antes de la fecha y horario previstos para la apertura de sobres, en la Dirección General de Compras y Suministros de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy;
Que, a los efectos de su debida publicidad y el art. 14 del Decreto Acdo. N° 111.02.009, deberán realizarse las publicaciones en: Boletín Oficial de la Provincia por tres (3) días, Diario de publicación provincial por dos (2) días, diario de publicación nacional por tres (3) días y en la página web institucional.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el llamado a Licitación Pública Nacional N° I-02-2025, conforme Ordenanza N° 8232/25 aprobada por Decreto N° 2958.25.40, para la Contratación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
Dispónese la apertura de sobre el día 02 de febrero de 2026 a las 10hs. en el Salón de los Intendentes de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, sito en Avda. El Éxodo N° 215 de esta Ciudad.-
ARTICULO 2°.- Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares Pliego de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nacional de la Contratación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la ciudad de San Salvador de Jujuy y sus anexos I, II y III, se deberán adquirir en la Dirección General de Compras ySuministros por la suma de pesos DOCE MILLONES CON CERO CENTAVOS ($12.000.000) los que se abonaran por los medios establecidos por la Dirección General de Rentas Municipal.-
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión de Preadjudicación para el estudio y evaluación de las propuestas a presentarse en la Licitación Pública Nacional N° I-02-2025, referente a “Contratación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la ciudad deSan Salvador de Jujuy”, la que estará constituida de conformidad al ARTICULO 2° del Pliego de Bases y Condiciones General y Particulares, por un funcionario de Dirección General de Compras y Suministros, un funcionario de la Secretaría de Servicios Públicos, un funcionario de la Secretaría de Obras Públicas, un funcionario de la Secretaría de Hacienda, un funcionario de la Dirección de Fiscalización de Transporte, un funcionario de Procuración Municipal y el
Presidente del Concejo Deliberante y tres concejales de dicho cuerpo legislativo.-
ARTICULO 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por tres (3) días, Diario de publicación provincial por dos (2) días, diario de publicación nacional por (3) días y en la página web institucional y pase a la Dirección General de Comunicación para su publicación en la Página Web Oficial. Cumplido derívese a sus efectos a la Dirección General de Compras y Suministros, Dirección Notarial, Procuración Municipal, Dirección General de Presupuesto y Dirección General de Auditoría Interna.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente
17/19/22 DIC. S/C.-









