BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 17/12/2025
DECRETO Nº 4231-S/2025.-
EXPTE. Nº 723-670/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Licenciada en Nutrición Claudia Analía Alabi, CUIL N° 27-25377322-2, al cargo categoría A-3 Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R 6-01-11 Hospital “Dr. Oscar Orías”, a partir del 01 de agosto de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-02 HOSPITAL “Dr. Oscar Orías”
SUPRIMASE:
Categoría N° de Cargos
A-3 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
B-1 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
ARTÍCULO 3º.- Téngase por designada en carácter interina a la Licenciada en Nutrición Aldana Yamila Montero, CUIL 27-37920895-4, en el cargo categoría B-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones inherentes a su profesión en la U. de O.: R 6-01-11 Hospital “Dr. Oscar Orías”, a partir del 08 de mayo de 2024 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias prevista que a continuación se indican:
EJERCICIO 2024 – LEY N° 6371
Se encontraban previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, las respectivas partidas de Gastos en Personal, asignadas a la U. de O.: 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orías.
EJERCICIO 2025 – LEY N° 6440
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, prevé las partidas de Gastos en Personal, asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orías.
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Publica Provincial “3-10-15-01-26-0: Para pago de obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









