BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 17/12/2025
DECRETO Nº 4206-CyT/2025.-
EXPTE. Nº 1300-140/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º- Promuévase, a partir del 1º de enero de 2025, a la Categoría 24 odel Escalafón General Ley N° 3161/74, al Sr. VACA JORGE LUIS CUIL 23-13889755-9, personal de planta permanente de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura y Turismo de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2025
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley Nº 6440 para la U. de O.: “X2”- Secretaria de Cultura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando créditos de la partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro-denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.
ARTICULO 3º.- Instruyese a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias; quedando el agente intimado en los términos del Articulo 100°bis de la Ley Nº 3161/74, modificada por la Ley N° 5748/12
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Cultura y Turismo, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado Publíquese sintéticamente en el Boletín oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Dirección Provincial de Personal, y Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo a sus demás efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









