BOLETIN OFICIAL Nº 143 – 15/12/2025
CESIÓN, MODIFICACIÓN, DESIGNACIÓN DE GERENTE, DECLARACIÓN JURADA Y AUTORIZACIÓN. 1) En la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, a los 29 días del mes de agosto del 2024, el Sr. Esquibel, Hernán Nicanor, DNI 34.958.695, C.U.I.L. 23-34.958.695-9, nacionalidad argentino, edad 31 años, soltero, empleado, domiciliado en Calle Huaytiquina s/n de la Localidad de Catua, Departamento de Susques, Provincia de Jujuy, en adelante el CEDENTE y el Sr. VASQUEZ, Jorge Rene, DNI 28.537.086, C.U.I.L. 20-28537086-9, nacionalidad argentino, edad 48 años, soltero, empleado, domiciliado en Av. Paso de Jama S/N de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques, Provincia de Jujuy, en adelante EL CESIONARIO; convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de la Sociedad “VEQUZ O&S S.R.L.”, CUIT 30-71564524-2, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al Folio 64, Acta Nro. 64, Libro VI de S.R.L. el 10 de agosto de 2017, el que se regirá por las siguientes cláusulas: Primera: EL cedente cede y transfiere al CESIONARIO sus cuotas sociales del capital social en la que es propietario en la sociedad “VEQUZ O&S S.R.L.”, de la siguiente forma: El cedente Sr. Esquibel, Hernán Nicanor cede y transfiere sus cincuenta(50)cuotas de capital social, cuyo valor nominal es de pesos mil ($1000) cada cuota y que representan pesos cincuenta mil ($50.000) y el doce con cinco centésimas (12,5 %) del capital social. La cesión involucra todos los derechos y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas. Segunda: La presente cesión se realiza por el precio, total y definitivo de pesos tres millones cuatrocientos sesenta mil trescientos veinte con 35/100 centavos ($3.460.320,35). Dichos montos son pagados en este acto, sirviendo el presente de formal recibo y carta de pago total. Los precios resultan de la cláusula quinta del contrato de la sociedad “VEQUZ O&S S.R.L.” la cual declara conocer el cesionario. Tercera: El Cedente declara que no está inhibido para disponer de sus bienes y que las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición, colocando al CESIONARIO en su mismo lugar, grado y prelación, con absoluta subrogación, en legal forma y quedando totalmente desvinculados de la sociedad. Cuarta: El socio restante Sr. Vásquez, Isidro Asunción D.N.I. 17.651.953, C.U.I.L. 20-17.651.953-4 y la parte cedente, prestan plena y expresa conformidad a la presente cesión, dándose cumplimiento a lo establecido en la cláusula quinta del contrato constitutivo de “VEQUZ O&S S.R.L.” y al segundo párrafo del artículo 152 y cc. de la ley general de sociedades, firmando en prueba de ello al pie del presente. 2) Como consecuencia de la cesión de cuotas descripta en el apartado 1) del presente instrumento, los actuales socios Sr. VASQUEZ, Jorge Rene, DNI 28.537.086, C.U.I.L. 20-28537086-9, nacionalidad argentino, edad 48 años, soltero, empleado, domiciliado en Av. Paso de Jama S/N de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques, Provincia de Jujuy y el Sr. Vásquez, Isidro Asunción D.N.I. 17.651.953, C.U.I.L. 20-17.651.953-4, nacionalidad argentino, edad 59 años, soltero, empleado, domiciliado en Av. Paso de Jama S/N de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques, Provincia de Jujuy, convienen en MODIFICAR el Contrato de la sociedad “VEQUZ O&S S.R.L.” y designar nuevo socio gerente, todo conforme se detalla a continuación: Primero: Modificase la cláusula cuarta: capital social, la que quedará redactada de la siguiente manera: “CUARTA: CAPITAL SOCIAL: El Capital es de PESOS CUATROSCIENTOS MIL ($400.000), dividido en 400 cuotas de pesos mil ($1000, correspondiendo a los socios en la siguiente proporción: el Sr. Vásquez, Isidro Asunción en 200 cuotas y el Sr. Vásquez, Jorge Rene en 200 cuotas. El capital se encuentra totalmente integrado con dinero en efectivo. La sociedad podrá ampliar el capital integrado mediante asamblea de socios requiriendo el voto unánime. La Asamblea fijará el monto y los plazos para su integración.” Segundo: DESIGNACION DE GERENTE, ACEPTACIÓN DEL CARGO: Los socios presentes VASQUEZ, Jorge Rene, DNI 28.537.086 y el Sr. Vásquez, Isidro Asunción, D.N.I. 17.651.953, acuerdan designar como nuevo gerente al socio Sr. Vásquez, Jorge Rene, D.N.I. 28.537.086, C.U.I.L. 20-28.537.086-9, para que ejerza dichas funciones conforme cláusula séptima del contrato de sociedad. El gerente designado acepta en este acto formalmente el cargo que le ha sido conferido. 3) Declaración Jurada.- Quien suscribe, Sr. VÁSQUEZ, JORGE RENÉ, D.N.I. 28.537.086, C.U.I.L. 20-28537086-9, nacionalidad argentino, edad 48 años, soltero, empleado, domiciliado en Av. Paso de Jama S/N de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques, Provincia de Jujuy; en mi carácter de socio y gerente titular de la firma “VEQUZ O&S S.R.L.” por medio de este acto viene a formular la siguiente manifestación con carácter de DECLARACION JURADA: 1) Declaro bajo juramento que no me encuentro comprendido en inhabilidades ni incompatibilidades para ejercer el cargo de gerente para el que ha sido designado, conforme Art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades Nº 19550.- Para que así conste a los efectos oportunos, firmo al pie del presente en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 29 días del mes de Agosto del año Dos Mil veinticuatro. 4) AUTORIZACIÓN: Se autoriza en este acto a la Dra. Mariel de los Ángeles Bernal, MP 2489, DNI 29.206.582, para tramitar la inscripción de la presente cesión, modificación, designación de gerente y declaración jurada en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con facultades para aceptar las modificaciones que se indiquen, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y desglosar documentación y todo lo que refiera la Ley general de sociedades.- En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 29 días del mes de agosto de 2024.-ACT. NOT. Nº B 00884490- A 00249618- ESC. MARIA CELESTE PEREZ- TIT. REG. Nº 91- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 902-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-066/2025 – ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 04 de noviembre de 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
15 DIC. LIQ. Nº 42380 $2.400,00.-









