BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 12/12/2025
Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Jaime Manuel Corso, DNI 22.188.253, que en el expediente Nº C-258803/2024 caratulado “Ejecutivo: Asociación Mutual 23 de Agosto c/ Corso, Jaime Manuel”, se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 28 de octubre de 2024.- 1) Proveyendo el escrito Nº 1460450 presentado por el DR. FERNANDEZ CANAVIRE, JOSE ESTEBAN, atento a la demanda Ejecutiva por cobro de pesos deducida y por lo dispuesto por los Art. 515 Inc. 7 y 519 y correlativos del CPCC, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la Sr. CORSO, JAIME MANUEL, DNI N° 22.188.253, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00 CVOS. ($850.000,00) en concepto de capital con más la de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00 CVOS. ($255.000,00) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes muebles de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo cítaselo de REMATE para que en el término de CINCO DIAS concurra a este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante. 3) Córrase traslado del pedido de intereses, gastos y costas por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- 4) Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará al demandado, para que constituya domicilio legal dentro del perímetro de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio Ley.- 5) Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con los recaudos legales.- 6) Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez – Ante mí: Dra. Silvia Raquel Cejas – Secretaria”. Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un diario local, por UN (1) DÍA. San Salvador de Jujuy, 09 de octubre de 2025.-
12 DIC. LIQ. Nº 42343 $1.600,00.-









