BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 12/12/2025

El Dr/a. Espeche, María Leonor Del Milagro Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial , en el expediente C-275265/25, caratulado: “Ejecutivo PESSAGNO, CRISTIAN RUBEN C/ ROCHA, DAIANA ALEJANDRA”, notifica a Daiana Alejandra, Rocha, DNI 33.128.296, domiciliado en San Martín 677 (centro), de la providencia que a continuación se transcribe: Se constituya en el domicilio de ROCHA, DAIANA ALEJANDRA, DNI 33.128.296, sito en SAN MARTIN 677 2DO PISO, B° CENTRO, y con las formalidades y prevenciones de la Ley proceda a requerir el pago por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000) reclamada por capital con más la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($300.000) presupuestadas para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO, sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose Depositario Judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo, requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Nº 12, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. En igual plazo, intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro del perímetro de éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 12, y denunciar casilla de correo electrónico bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 65 y 170 del CPCyC).- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de justicia, con las facultades inherentes del caso.- Se informa a S.S. que en atención al cúmulo de trabajo, pasan los presentes obrados el día de la fecha a despacho de la Sra. Jueza, Dra. María Leonor Espeche OGA EJECUCIONES, 31 de Octubre del 2025.- San Salvador de Jujuy, 31 de octubre del 2025.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- Proveyendo el Escrito Nº 1981180, siendo que con el domicilio denunciado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA no fue posible la notificación al demandado y habiéndose agotado las gestiones tendientes a notificar a la demandada en el domicilio oportunamente denunciado, conforme lo prevé el art. 176 del C.P.C.yC., notifíquese a la SRA. ROCHA DAIANA ALEJANDRA, D.N.I. N° 33.128.296, el proveído de fecha 13 de agosto de 2025, mediante EDICTO, por UN DIA en el Boletín Oficial y en un diario local, haciendo saber al demandado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial como su representante, con quien se seguirá el juicio (Art. 179 del C.P.C.C.) Atento a la complementación del Expediente Digital, se hace saber al letrado que deberá adjuntar las diligencias en el Sistema Único de Gestión Judicial, vía Bandeja de Diligencias Colaborativas. Facúltase al Dr. Rocha, Diego Atilio, y/o persona que el mismo designe, para correr con su diligenciamiento. Notifíquese (Art. 169 del CPCC).-

 

12 DIC. LIQ. Nº 42339 $1.600,00.-