BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 12/12/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO N° 3031.25.040.-

EXPEDIENTE N° 16 – 21214 – 2025 – 1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC.2015.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8236/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025, mediante el cual en el marco de la Emergencia Funeraria, se ratifica la autorización oportunamente otorgada mediante Ordenanza N° 7770/2022 al Departamento Ejecutivo y se autoriza a adquirir una fracción de terreno sito en el predio del Cementerio Parque del Solar, ubicado

en el B° Alto Comedero, Departamento Dr. Manuel Belgrano, según plano agregado como Anexo; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8236/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025, mediante la cual en el marco de la Emergencia Funeraria, se ratifica la autorización oportunamente otorgada mediante Ordenanza N° 7770/2022 al Departamento Ejecutivo y se autoriza a adquirir una fracción de terreno sito en el predio del Cementerio Parque del Solar, ubicado en el B° Alto Comedero, Departamento Dr. Manuel Belgrano, según plano agregado como Anexo.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Servicios Públicos, Dirección Notarial y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la

Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente