BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 12/12/2025

LEGISLATURA DE JUJUY.-

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6487.-

 

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 25.054 BOMBERO VOLUNTARIO Y SUS MODIFICATORIAS”

 

ARTÍCULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 25.054 “Bombero Voluntario” y sus modificatorias.-

ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, por vía reglamentaria determinará la Autoridad de Aplicación de la presente norma.-

ARTICULO 3º.- Invítase a los Municipios y Comunas a adherir a lo establecido en la presente Ley.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Noviembre de 2025.‑

 

Alberto Bernis

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE N° 200-295/2025.-

CORRESPONDE. A LEY N° 6487.‑

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2025.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase. comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos. Humanos Trabajo y Ministerio de Educación para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.‑

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR