BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 05/12/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA
ORDENANZA N° 36/2025.-
VISTO:
La necesidad de fortalecer las relaciones internacionales de la Municipalidad de La Quiaca para promover el desarrollo económico, social y cultural de la ciudad;
La importancia de crear una estructura institucional adecuada para gestionar y coordinar las relaciones internacionales de la Municipalidad de La Quiaca;
La Constitución Nacional Argentina, la Constitución de la Provincia de Jujuy y las Leyes y reglamentos aplicables a la materia.
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de La Quiaca tiene la necesidad de fortalecer sus relaciones con otros municipios, provincias y países para promover el desarrollo económico, social y cultural de la ciudad;
Que, la creación de una Secretaría de Relaciones Exteriores permitirá a la Municipalidad de La Quiaca tener una estructura institucional adecuada para gestionar y coordinar las relaciones internacionales y promover la cooperación internacional;
Que, es necesario establecer las funciones y responsabilidades de la Secretaría de Relaciones Exteriores para garantizar su eficaz funcionamiento;
Que, por los motivos antes expuesto, se hace necesario iniciar el proceso de creación de la Secretaria de Relaciones Exteriores del municipio de la Ciudad de La Quiaca.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincial y la Ley Orgánica de los Municipios N° 4466/89 y el Reglamento Interno.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA N° 36/2025.-
ARTÍCULO 1°: CRÉASE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del municipio de la ciudad La Quiaca, con el objeto de formular, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas públicas municipales en materia Internacional.
ARTICULO 2°: La Secretaria de Relaciones exteriores tendrá como objetivos:
- Establecer vínculos económicos, políticos, culturales, sociales y de distinta índole con Organismos e Instituciones a nivel internacional.
- Fortalecer las relaciones diplomáticas.
- Promover los intereses locales en el exterior
- Promover la cooperación internacional y el desarrollo de la ciudad.
- Coordinar la participación de la Municipalidad de La Quiaca en eventos internacionales y en programas de cooperación internacional.
- Promover la imagen de la ciudad de La Quiaca en el exterior y atraer inversiones y turistas.
- Gestionar la obtención de fondos y recursos internacionales para proyectos de desarrollo de la ciudad;
- Asesorar al Intendente Municipal y a los funcionarios de la Municipalidad en materia de relaciones internacionales.
ARTICULO 3°: La Secretaría de Relaciones Exteriores estará a cargo de un Secretario/a, quien será designado por el Intendente Municipal
ARTÍCULO 4°: El Secretario de Relaciones Exteriores tendrá las siguientes responsabilidades:
- Dirigir y coordinar las actividades de la Secretaría;
- Representar a la Municipalidad de La Quiaca en eventos internacionales;
- Asesorar al Intendente Municipal y a los funcionarios de la Municipalidad en materia de relaciones internacionales;
- Gestionar la obtención de fondos y recursos internacionales para proyectos de desarrollo de la ciudad.
ARTÍCULO 5°: La Secretaría de Relaciones Exteriores contará con el personal y los recursos necesarios para su funcionamiento, que serán asignados por el Intendente Municipal.
ARTÍCULO 6°: La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Intendente Municipal para su promulgación y publicación.
ARTICULO 8°- Tómese Razón, cumplido, archívese.
SALA DE SESIONES 26 DE NOVIEMBRE 2025.-
Lic. Mirtha Moscoso
Presidenta









